Archivo el marzo 30, 2012

La AFIP avanzará sobre los inversores de los fideicomisos

El organismo que conduce Ricardo Echegaray investigará el origen de los montos colocados durante el año pasado. De esta forma, el fisco nacional dispondrá de información clave que contrastará con las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales que se presentarán en los próximos meses

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) profundizará la lucha contra la evasión impositiva que se esconde detrás de la utilización de los fideicomisos.

Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray seguirá de cerca a quienes invirtieron en ellos a fin de detectar el origen de los fondos utilizados.

La información recolectada, a través del régimen vigente, será una de las más importantes fuentes de datos que tendrá el fisco nacional a efectos de aclarar cuál es la procedencia del dinero colocado en los instrumentos financieros, constituidos durante el año pasado.

Las declaraciones de administradores de los fideicomisos se confrontarán contra las presentaciones anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que los inversores presentarán en abril y mayo próximo. Una vez procesadas, las autoridades fiscales podrán avanzar sobre las inconsistencias advertidas.

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Monotributo: la Justicia avaló la expulsión de un contribuyente por tener muchos movimientos en el banco

La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal decidió darle la razón a la AFIP para expulsarlo, debido a que no pudo justificar los ingresos que poseía en su cuenta. ¿Cuáles fueron los argumentos de los camaristas? Las claves del caso y la opinión de expertos

Por Gonzalo Chicote.

Por lo general, los pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo no disponen de una base administrativa-contable sólida e, incluso, hasta pueden no contar con suficientes conocimientos impositivos, lo cual podría llevarlos a incurrir en incumplimientos.

Dichos errores podrían provocarles muchos dolores de cabeza en el futuro, ya sea porque corren el riesgo de ser desplazados de categoría a una superior o, directamente, expulsados del Régimen Simplificado.

La falta de registración y de conservación de algunos documentos, o la informalidad con la que comparten cuentas bancarias con familiares y amigos, son algunos factores que descuidan y pueden ser críticas a la hora de una inspección de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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Expertos reclaman ajustes para poder informar los aumentos vía sumas no remunerativas

A partir de la próxima semana, las empresas deberán declarar los montos que se encuentran bajo la lupa antes de liquidar los salarios a sus empleados. Tributaristas advierten que el marco normativo debe ser adaptado a través de una nueva resolución general. Conozca los problemas a resolver

Por Hernán Gilardo.
A partir de la próxima semana, las empresas deberán informar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aumentos vía sumas no remunerativas que pagan a sus empleados.

«Creamos un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como no remunerativos, como así también la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto«, señalaron desde el fisco nacional al poner en marcha la nueva herramienta.

El mecanismo apunta a evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social.  Esto es así ya que, a través de sus tareas de fiscalización, la AFIP advirtió que «numerosos empleadores abonan una parte importante de los salarios mediante conceptos consignados como no remunerativos, es decir, montos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social«.

Pedido de prórroga
A días de la entrada en vigencia de la nueva herramienta, expertos consultados por iProfesional.com advirtieron que aún existen «zonas grises» que deben ser aclaradas por el organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

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Autónomos. Nuevos Importes

Recursos de la Seguridad Social. Aportes de trabajadores autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimos y máximos de bases imponibles para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Nuevos importes

Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2012 -con vencimiento en el mes de abril de 2012- y siguientes.
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:

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Crean un mecanismo para conocer en tiempo real la composición accionaria de las empresas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un nuevo mecanismo que permitirá contar en tiempo real las transferencias de acciones de sociedades comerciales, cuotas de cooperativas y mutuales, y las participaciones en fideicomisos, ya sean locales como del exterior.

Esta nueva disposición permitirá consultar on line las transferencias de papeles y participaciones, así como también la composición accionaria de una sociedad; la nómina de autoridades, representantes y órganos de control.

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Los porteños deberán explicar por qué pagarán menos en Ingresos Brutos

La medida alcanza a quienes estén incluidos en el régimen de Convenio Multilateral y reduzcan el porcentaje aplicable para determinar el monto sujeto al tributo en la Ciudad de Buenos Aires. Deberán justificar la disminución a través de la web de la AGIP. Expertos cuestionaron la obligación

Por Hernán Gilardo.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) obligará a los contribuyentes porteños a informar por qué pagarán menos impuestos a lo largo de este año.

Durante los próximos meses, las empresas y particulares que reduzcan el porcentaje que determina el monto alcanzado por Ingresos Brutos deberán justificar la baja ante el fisco local.

De acuerdo a la legislación vigente, los sujetos obligados deberán presentar la información requerida «a través de la transmisión electrónica de datos, utilizando el software que se encuentra disponible al efecto en la página web de la AGIP».

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AFIP y ARBA Sellaron acuerdo de intercambio de información tributaria

Tal como ha acontecido en otras oportunidades en anteriores gobiernos, en las que se firmaron compromisos de intercambio de información de índole tributaria, entre administraciones tributarias a nivel nacional y provincial, en esta ocasión el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, y el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), Martín Di Bella, rubricaron un convenio de intercambio de información  para estrechar las relaciones entre ambas administraciones tributarias, unificar esfuerzos y establecer las pautas que encaucen e incrementen la colaboración y el fortalecimiento institucional de los organismos, de acuerdo a la información suministrada por el ente recaudador nacional.

El fin perseguido en este Acuerdo es consensuar los datos necesarios para poner en funcionamiento una Declaración Impositiva Unificada (DIU), tal como ya se encuentra vigente en Santa Cruz.

“Esa herramienta servirá para que los contribuyentes tengan procedimientos más ágiles, sencillos, prácticos y eficaces”, destacó Echegaray.

La futura implementación de la DIU permitirá que los contribuyentes y responsables, a través de una entrada inicial de datos común, generen y presenten las declaraciones juradas que resulten obligados en cada jurisdicción.

FUENTE: Novedades Fiscales

Recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA. “Error 500″

Oportunamente publicamos en nuestro sitio la información del error que arroja la página web de AGIP al intentar efectuar la categorización del Régimen Simplificado.

En ese sentido hemos recibido el dato de un lector respecto de que dicho error se produce con el navegador Internet Explorer, mientras que utilizando el navegador Firefox el mismo no aparece.

Agradecemos desde ya el contacto y el dato suminstrado.

Artículo original: http://www.ecolver.com.ar/recategorizacion-en-el-regimen-simplificado-de-ingresos-brutos-caba-error-500/

 

Ya se puede descargar el nuevo software para liquidar Ganancias y Bienes Personales

El nuevo software resulta de aplicación obligatoria respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir de ayer. La nueva versión del programa aplicativo contiene múltiples modificaciones

Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya puso a disposición de los contribuyentes el software que deben utilizar las personas físicas para confeccionar y liquidar las declaraciones anuales del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias.

En efecto, la nueva versión del aplicativo denominado «GANANCIAS PERSONAS FISICAS – BIENES PERSONALES – Versión 13» ya puede descargarse desde la página web del organismo que conduce Ricardo Echegaray. Para bajar el programa haga clic aquí.

El nuevo software resulta de aplicación obligatoria respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir de ayer.

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