Archivo el febrero 26, 2016

Cambiarán los planes de pago de ARBA

Los cambios serán en los planes «destinados a deudores de impuestos». Desde el fisco provincial explicaron además que «las características de los programas de facilidades que rigieron en los últimos años generaban inequidad entre los contribuyentes».

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) cambiará las características de sus planes de pago de impuestos con el objetivo de mejorar la equidad tributaria.

Según afirmaron fuentes de ARBA, los cambios serán en los planes «destinados a deudores de impuestos». Explicaron además que «las características de los programas de facilidades que rigieron en los últimos años generaban inequidad entre los contribuyentes».

En ese sentido, puntualizaron «que los planes eran injustos para quienes cumplían en tiempo y forma, ya que los morosos que entraban en el régimen de facilidades terminaban pagando, al cabo de casi dos años de mora, lo mismo que los contribuyentes que habían abonado sus impuestos en término».

De hecho, la provincia dejó de percibir más de $2300 millones durante 2015 por la «quita» que contenía el plan de pagos que se modificará.

 

FUENTE: iProfesional.com

 

La AFIP reglamentó la suba del mínimo no imponible en Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la suba del piso salarial en el Impuesto a las Ganancias a partir del cual se empieza a soportar el peso del tributo.

La reglamentación se dio a conocer a través de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 3831.

La flamante norma establece que a quienes estaban favorecidos por la aplicación del decreto 1.242/13 -que eximió de Ganancias desde el 1 de septiembre de 2013 a los asalariados y jubilados que hasta agosto de ese año percibían en mano menos de $15.000- se les repartirá la liquidación en hasta 10 cuotas.

Por lo tanto, la AFIP decidió que las devoluciones de las percepciones retenidas en exceso por la aplicación del nuevo régimen para 2016 se liquide en un único pago a los trabajadores y jubilados. Mientras que para el cargo retroactivo para los contribuyentes que se incorporen por la derogación del decreto 1.242/13 se hará en hasta 10 cuotas.

En efecto, la norma establece que «en los casos en los cuales, conforme a los nuevos valores, el agente de retención deba proceder a la devolución de las retenciones practicadas en exceso, la misma deberá ser efectuada al realizarse la primera liquidación posterior a la fecha de publicación» de la resolución general 3831.

Asimismo, la resolución general 3831 establece que «las retenciones que deban practicarse por las rentas correspondientes a enero y febrero del período fiscal 2016, a los sujetos alcanzados por el impuesto a raíz de la derogación del decreto 1242/2013, deberán efectuarse en cuotas mensuales e iguales hasta la finalización de dicho período, a partir de la primera liquidación posterior a la fecha de publicación de la presente».

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Puede consultarse desde la web si el certificado escolar fue presentado

aaa-EC2Agilizando la presentación obligatoria  del certificado de concurrencia al ciclo escolar por parte de los titulares de la Ayuda Escolar Anual y para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social –AUH–, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la posibilidad  que las escuelas pueden cargarlo en www.anses.gob.ar, con una Clave de la Seguridad Social Corporativa, lo que evita que el titular tenga que llevarlo a las oficinas del organismo.

También se puede confirmar online el envío por parte del colegio del certificado ingresando desde la web a la sección Mi ANSES trámites con la Clave de la Seguridad Social y, desde allí, confirmar la presentación.

ANSES recuerda que el monto de la ayuda escolar anual asciende a $ 808 y que será percibido por los trabajadores en relación de dependencia: a partir de 1º de marzo  y los jubilados y pensionados: junto con el haber de marzo de 2016 desde el martes 8.

En todos los casos, deberá presentarse en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Confirman prórroga para presentar el CM05

aaa-EC2Se confirma  lo adelantado por este sitio respecto a que la Comisión Arbitral revió la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada anual de Convenio Multilateral (CM05), regulando que la misma operara el 16 de mayo de 2016, en lugar del 30 de abril como está previsto, en atención a las inquietudes presentadas por los representantes de los profesionales afectados por un gran cúmulo de tareas para las fechas citadas.

La Resolución General 1/16  recuerda que corresponde aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Resolución General 1/15

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Ganancias. Los alcances y las dudas que quedan

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Por: Ismael Bermúdez

De los anuncios de ayer sobre el impuesto a las Ganancias surgen certezas y dudas.
Las principales son:

1 Mínimo no imponible y demás deducciones. El Presidente Macri anunció que era de $ 30.000 por mes, cumpliendo con la promesa de la campaña electoral. Luego se aclaró que era para el casado con 2 hijos y que ese valor era el “bruto” antes de los descuentos para los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados. Eso lo redujo a $ 25.000 netos mensuales. Para los solteros sin hijos se fijó en $ 18.880. Y para los autónomos solteros en $ 7.000. Eso significa que los que cobran en mano menos de esas cifras no están alcanzados por el impuesto. Y si ganan más, pagan Ganancias sobre el excedente de esas cifras.

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Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

El presidente Mauricio Macri anunció modificaciones en el piso del Impuesto a las Ganancias, en un acto que se realizó en Casa Rosada y en el cual estuvo acompañado por dirigentes sindicales, políticos y su gabinete de ministros.

Macri precisó la elevación a «$30.000» brutos mensuales en el piso del Impuesto a las Ganancias, medida que consideró un «primer paso para empezar a generar justicia» en los haberes de los trabajadores.

«Estamos dando un primer paso adelante, es un paso en el cumplimiento de las promesas (de campaña), para empezar a generar justicia en las cosas, como tienen que ser», dijo el jefe de Estado al realizar el anuncio-

El aumento del mínimo no imponible «a $30.000 es un aumento de más de 160%», subrayó Macri, que consideró un «viejo reclamo de los argentinos, de los trabajadores», el de los cambios en Ganancias.

La modificación esta centrada exclusivamente en el piso del impuesto, que pasa a ser de $30.000 brutos mensuales (para un trabajador casado con dos hijos). Es decir, que por ahora las escalas no serán reformuladas. Para ello, habrá que esperar el envío de un proyecto de ley al Congreso. El alivio NUNCIADObeneficia a más de un millón de trabajadores.

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Cae símbolo de la era Echegaray: el bloqueo del número de CUIT ya no estará entre las sanciones de la AFIP

También se estudia reemplazar la exclusión de pleno derecho del Monotributo mediante la publicación del listado en el boletín oficial por una notificación personalizada que asegure el derecho de defensa. Acceda al listado de modificaciones que se encuentran bajo análisis

Durante la etapa anterior de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se hizo popular una sanción que se convirtió en la más temida: la suspensión del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Si bien, reconocidos tributaristas cuestionaban la dureza de la pena, la «gestión de Ricardo Echegaray» hizo uso y abuso de tal facultad.

Por este motivo, de acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, el nuevo administrador federal, Alberto Abad está estudiando «no continuar con la política de bloqueo de la CUIT”.

Así se desprende del documento resumen de la primera reunión del año entre representantes del fisco nacional y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), que reúne a los contadores.

Entre los principales cambios que se encuentran bajo estudio, vale mencionar:

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Los balances de las SRL vuelven a presentarse en papel en la IGJ

Los estados contables deberán presentarse dentro de los 15 días posteriores a la realización de la reunión de socios que los considere, acompañando del acta del órgano de administración firmada por el representante legal y de la reunión de socios que aprobó los estados contables

La Inspección General de Justicia (IGJ) está actualizando sus aplicativos y hasta tanto lo haga, la presentación de las SRL debe efectuarse en soporte papel.

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Las claves del plan para saldar deudas con la AFIP

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El organismo habilitó un sistema permanente de financiamiento de obligaciones impositivas impagas.

Para quienes tengan que saldar deudas por obligaciones impositivas o de la seguridad social impagas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó un nuevo régimen de facilidades de pago, que alcanza tanto a empresas como a personas. La diferencia con medidas anteriores de este tipo es que esta vez se trata de un plan permanente, por lo que no hay una fecha de vencimiento para la adhesión de los contribuyentes. Y una similitud con los programas previos es que no se condonan intereses resarcitorios y/o punitorios, ni posibles multas. Lo que se ofrece es la posibilidad de pagar en cuotas lo adeudado.

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La AFIP oficializó el texto del nuevo plan de pagos permanente

Se pueden financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección

La Administración Federal de Ingresos Públicos hizo oficial la reglamentación del flamante plan de pagos permanente lanzado por la nueva gestión a cargo de Alberto Abad.

Los detalles se encuentran en la resolución general 3827 que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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