EMPLEADOS INQUILINOS – DEDUCCIÓN DEL 40% EN IMPUESTO A LAS GANANCIAS

AFIP autorizó a los empleados en relación de dependencia que alquilen la propiedad donde viven y no posean otro inmueble a su nombre, a computar la deducción en Ganancias para el período fiscal 2021, sin necesidad de cargar la factura del alquiler mensualmente.

Para acceder al beneficio deberán declarar el contrato en el nuevo Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).

De esta manera el fisco contará con los datos del propietario, los valores y vigencia del alquiler.

FUENTE: Estudios Colver

Facturación y Registración. Obligación de emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar operaciones de locación de inmuebles destinados a casa-habitación. Se deja sin efecto la excepción a la obligación de emitir comprobantes por locación menor a $ 1.500

Se extiende la obligación de utilizar comprobantes electrónicos originales para respaldar operaciones de locación de inmuebles destinados a casa-habitación del locatario.
En este orden, se establecen determinadas características, que detallamos a continuación:
– Los comprobantes alcanzados son las facturas, recibos, notas de crédito y de débito “B” y “C”;
– Se podrán confeccionar mediante el intercambio de información del servicio web o a través del servicio denominado “Comprobantes en línea”;
– Cuando se trate de locaciones cuyos importes se perciban a través de intermediarios, los comprobantes emitidos por estos a su nombre serán válidos y deberán indicar además los datos del beneficiario o beneficiarios por cuya cuenta y orden se percibe el importe de la locación;
– En el caso de que el inmueble pertenezca a más de un titular, la factura o el recibo podrán ser emitidos a nombre de alguno de los condóminos, quien deberá ser siempre el mismo mientras perdure el condominio, indicando en dicho comprobante los datos del resto de los condóminos;
– Los monotributistas de las categorías A, B, C, D y E se encuentran exceptuados de la obligación de emisión de comprobantes electrónicos.
Destacamos que se deja sin efecto la excepción a la obligación de emitir comprobantes por parte de las personas humanas por la locación de un único inmueble que no supere la suma de $ 1.500 mensuales, quedando alcanzados también en la obligación de emitirlos, en forma manual o electrónica, según el caso, también por estas sumas.
Por último, señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 3/3/2017. No obstante, y en relación con los monotributistas de las categorías F y G, se establece que los mismos deberán emitir los comprobantes electrónicos a partir del 1/6/2017.

FUENTE: Errepar

 

Ganancias: el blanqueo del alquiler podría enfrentar a dueños e inquilinos

Ganancias: el blanqueo del alquiler podría enfrentar a dueños e inquilinosEs porque el propietario tendría que pagar por el impuesto para que su cliente consiga el descuento. Costos y beneficios para cada uno.

Por: Ismael Bermúdez

Para el propietario de un inmueble, la declaración o el blanqueo del cobro de un alquiler de $6.000 mensuales puede representar hasta $11.964 anuales por el pago de los impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos si es monotributista. Y hasta $25.704 anuales por el Régimen General. Ya con el cobro de un alquiler de $11.000 por mes, la cuenta asciende hasta $16.692 anuales por el Monotributo y hasta $ 47.124 por el Régimen.

Así respondió a Clarín el tributarista Marcelo Rodríguez, de MR Consultores, quien calculó que para el inquilino que pueda deducir esos alquileres de Ganancias –una opción que se incorporó en la ley de Ganancias con vigencia desde enero de 2017– las cuentas son otras.

Leer más

La AFIP se lanza a controlar el alquiler de los inmuebles con fines turísticos

El control se dio a conocer a través de la flamante resolución general que establece un nuevo régimen de información que deberá ser cumplido a partir de marzo próximo por los propietarios de los inmuebles

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se decidió a avanzar sobre la locación temporaria de inmuebles con fines turísticos.

El control se dio a conocer a través de la resolución general 3.687 que establece un nuevo régimen de información que deberá ser cumplido a partir de marzo próximo por los propietarios de los inmuebles.

Los propietarios deberán informar las operaciones a través del servicio web Registro de Operaciones Inmobiliarias, opción Locaciones Temporarias.

De esta manera, el gobierno nacional pone la lupa en uno de los últimos nichos de dólares que quedaban fuera de su control: a partir de marzo del año que viene, todos los alquileres de viviendas particulares para turistas deberán ser declarados ante la AFIP.

Leer más

La AFIP pone la lupa sobre la evasión en los contratos de alquiler

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzará el control sobre la compraventa y el alquiler de inmuebles.

En efecto, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray preparará el terreno para la entrada en plena vigencia del reformulado régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse siempre que efectúen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

La avanzada también pone la lupa sobre los alquileres mayores a $8.000 mensuales. Asimismo, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

En este escenario, la normativa establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».

Leer más

La AFIP seguirá de cerca la evasión en los contratos de alquiler

El fisco obligará a los operadores del sector a aportar ciertos datos clave en tanto la locación supere los $8.000 mensuales, realicen más de tres ventas al año o superen en conjunto los 300.000 pesos. Conozca las claves de la nueva avanzada
Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzará el control sobre la compraventa y el alquiler de inmuebles.

En efecto, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray preparará el terreno para la entrada en plena vigencia del reformulado régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse siempre que efectúen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

La avanzada también pone la lupa sobre los alquileres mayores a $8.000 mensuales. En igual sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

Leer más