[important][/important]Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores y los quitará del padrón.
Para ello, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray pondrá en marcha una nueva herramienta que dio a conocer a través de la flamante resolución general 3.328 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo haga clic aquí.
La norma, que reemplaza la circular 5/2010, establece que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:
- Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
- Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.