CIRCULAR (AFIP) 5-E/2017
La AFIP aclara el alcance de las disposiciones que posibilitan obligar a los contribuyentes a emitir facturas tipo “M” en reemplazo de las “A” -en el marco de la RG (AFIP) 4132-.
En tal sentido, se establece que los controles se encuentran orientados a detectar contribuyentes que emiten facturas apócrifas, con la finalidad de generar créditos fiscales ilegítimos o erogaciones inexistentes, y el solo hecho de registrar incumplimientos formales o inconsistencias aisladas no implicará la inhabilitación para emitir facturas tipo “A”.
Se obligará a emitir facturas «M» a los contribuyentes que, en virtud del análisis de los distintos parámetros, verifiquen desvíos o inconsistencias sustanciales y evidentes entre los montos facturados y la real actividad económica.
FUENTE: Errepar

En el marco del 16° Congreso Tributario organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, el titular de la AFIP, Alberto Abad, realizó un completo balance de las acciones llevadas adelante este año y adelantó el plan de acción que seguirá el fisco nacional durante 2018
Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales
La AFIP establece el procedimiento opcional para la cancelación de las obligaciones previsionales cuando las mismas traben el otorgamiento de créditos bancarios en función de la obligación que tienen las entidades de requerir a los empleadores antes de otorgar el crédito el libre deuda previsional.
Se trata de los nuevos montos máximos de facturación, alquileres devengados, impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a cada categoría, surgidos de la actualización anual prevista en la ley de Monotributo