Buenos Aires. Agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Modificación de los tipos vigentes a partir de Enero de 2018
Se elevan, a partir del 1/1/2018, los montos de facturación obtenidos en el año inmediato anterior para ser agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.
En tal sentido, se establece que deberán actuar como agentes de retención y/o percepción del gravamen los contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) superiores a $ 32.000.000. El citado límite se eleva a $ 48.000.000 para los expendedores al público de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Asimismo, se dispone que deberán actuar como agentes de percepción del impuesto, en las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obras, cosas o servicios, y prestaciones de servicios, los contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) por un importe superior a $ 16.000.000.
En este último caso, también será condición para la inscripción como agentes de percepción que los citados contribuyentes desarrollen determinadas actividades de venta al por mayor de mercaderías.
Recordamos que los sujetos que superen los mencionados parámetros deberán inscribirse como agentes de recaudación hasta el último día hábil del mes de enero, debiendo actuar como tales a partir del primer día del mes de marzo.
FUENTE: Errepar
Monotributo. Escalas vigentes a partir del 1° de Enero de 1018
Monotributo, Ganancias y Bienes Personales: estos son los cambios que implementó la AFIP en el primer día de 2018
Siradig. F 572. Elevan a $1 millón la remuneración bruta para la cuarta categoría
Buenos Aires. Implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
La Provincia de Buenos Aires dictó una resolución de firma conjunta que establece la normativa necesaria para la implementación de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental y el Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos (SIEP), para los pagos de aranceles, multas, tasas administrativas, servicios y todo otro tipo de contribución que perciban los organismos en el entorno del TAD.
En este sentido, la persona humana que quiera acceder a la plataforma deberá hacerlo desde la página de Internet tramites.gba.gob.ar o la que en el futuro establezca la Subsecretaría para la Modernización del Estado.
Podrá ingresar a su cuenta TAD con:
– La identificación del RENAPER, mediante su DNI y el número de trámite que figura en el mismo, y el género de la persona; o
– La clave fiscal obtenida en la AFIP.
FUENTE; Errepar
Feria Fiscal Administrativa en ARBA
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) anuncia que durante la primera quincena de enero de 2018 regirá la feria fiscal administrativa. Por lo que se suspenderán dos semanas los plazos para presentaciones, recursos y/o defensas que debiera realizar el contribuyente ante el fisco bonaerense.
Desde el 1° hasta el 15 de Enero ARBA no computará los días hábiles administrativos establecidos en los procedimientos tributarios o catastrales. De esta manera, los plazos regirán a partir del primer día hábil siguiente a la finalización de la misma. Leer más
Cierre de año con el equipo de Estudios Colver.
¡Muchas Felicidades!
Ganancias período fiscal 2018. Deducciones personales y alícuotas del impuesto




