El Gobierno anunció que el 24 y el 31 de diciembre serán feriados bancarios

El jefe de Gabinete nacional, Jorge Capitanich, anunció que habrá feriado bancario los martes 24 y 31 de diciembre próximos.

Luego de anunciar asueto administrativo por Navidad y Año Nuevo al «personal de la Administración Pública Nacional», esta mañana -durante su habitual conferencia de prensa- el funcionario dio a conocer la normativa que se aplicará sobre todas las entidades dependientes del Banco Central.

El martes, mediante el Boletín Oficial ya se había implementado el asueto para los días 24 y 26 de diciembre, en el caso de los festejos por la Natividad, y el 31 de diciembre y el 2 de enero, por la llegada del 2014, para todo el «personal de la Administración Pública Nacional».

FUENTE: iProfesional.com

 

Contra la evasión fiscal: ARBA y AFIP unificarán las declaraciones juradas de IVA e Ingresos Brutos

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecieron un acuerdo para intercambiar la totalidad de los datos disponibles sobre contribuyentes bonaerenses.

El director ejecutivo de Arba, Iván Budassi, y el titular de AFIP, Ricardo Echegaray, rubricaron el convenio que también contempla avanzar en la implementación de un sistema de Declaración Impositiva Unificada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para simplificar el cumplimiento tributario.

Además, ambos organismos se comprometieron a profundizar el intercambio de información para ampliar significativamente los cruces de datos a través de los procedimientos de fiscalización electrónica, y coordinar operativos conjuntos de control tributario.

Budassi consideró que «se abre una nueva etapa en el combate contra la evasión en la provincia de Buenos Aires. Este acuerdo permitirá profundizar nuestras fiscalizaciones y nos brindará nuevas herramientas para detectar a quienes realizan actividades en negro».

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Las restricciones llegan al turista extranjero: no podrá pagar paquetes y pasajes en pesos

En una medida más para reforzar el cepo al dólar y complicar no solo las vacaciones de los argentinos sino también de los extranjeros, el Banco Central dio a conocer una nueva comunicación que establece más restricciones para las agencias de viajes.

La comunicación 5499, que ya entró en plena vigencia, establece que el acceso al mercado local de cambios por parte de empresas de transporte y turismo local para la compra de divisas para la atención de servicios vendidos a viajeros no residentes de pasajes internacionales y de servicios turísticos en el país y en el exterior, estará condicionado a que el cobro de tales prestaciones por la empresa local interviniente, esté efectuado con tarjeta de crédito y/o débito emitidas en el exterior, transferencias en divisas desde afuera, cheques sobre cuentas en el exterior y/o billetes en moneda extranjera.

Es decir, de ahora en más, los extranjeros o argentinos no residentes que lleguen a la Argentina no podrán comprar ni pasajes al exterior o domésticos ni cualquier otro servicio turístico local o fuera del país a agencias en pesos.

Es decir, sólo podrán hacerlo en dólares u otra moneda.

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Impuesto al Valor Agregado. Factura electrónica. Nuevos sujetos y operaciones alcanzadas por el régimen

aaa-EC2Se amplía la obligación de emitir factura electrónica a nuevas actividades, que se agrupan en 6 grandes categorías, y a los prestadores de servicios públicos:

1. Construcción, reforma y reparación de edificios, obras, movimiento y preparación de suelo, pintura y trabajos de decoración.

2. Servicios inmobiliarios y de alquiler.

3. Alquiler de automóviles, maquinaria y equipos de transporte, alquiler de prendas de vestir.

4. Investigación y desarrollo experimental en distintas áreas.

5. Servicios profesionales y servicios varios.

6. Grandes contribuyentes individuales dependientes de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

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CABA reordenó la normativa para calificar el riesgo fiscal de los contribuyentes

A partir del 1º de enero de 2014 regirá la Resolución 918/13 mediante la cual la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña adecuó la normativa vigente para calificar  la conducta fiscal de los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a cargo del organismo,  estableciendo los parámetros objetivos para determinar el riesgo fiscal.

Para establecer el mismo se considerara para cada contribuyente el grado de cumplimiento de los últimos tres años calendarios, tanto de orden formal como material, de acuerdo a los registros obrantes en las bases de datos de la Dirección General de Rentas.

Se considerarán como parámetros a tomar en cuenta para la determinación del Riesgo Fiscal de los contribuyentes y/o responsables, los siguientes:

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AGIP pone en marcha la boleta electrónica para ABL, Patente e Inmobiliario

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña enviará, junto a las próximas boletas para el pago del Impuesto Inmobiliario, Patentes y la contribución para Alumbrado, Barrido y Limpieza, una solicitud de adhesión al nuevo régimen de Boleta Electrónica, que si bien podrá imprimirse, el objetivo final es lograr la “despapelización” de los pagos y que el contribuye abone también por transferencia electrónica.

Como puede advertirse, de momento, el régimen es optativo; es decir que el contribuyente deberá adherir expresamente al sistema y además consignar una casilla de correo electrónica donde recibir el comprobante de ingreso de tales tributos.

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Suben al 35% el recargo para compras con tarjeta en el exterior y lo extienden a compra de dólares

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó del 20% al 35% el recargo a las compras con tarjeta en el exterior.

Se trata de la percepción que cobra como adelanto de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en los consumos con tarjetas de crédito y débito realizados en fuera del país.

Además, extendió el recargo a la compra de dólares para turismo. La norma quedó firme con la publicaciónen el Boletín Oficial , que modifica la resolución 3450.

El aumento afecta a la adquisición de cualquier divisa extranjera y a cheques de viajero, a las transferencias al exterior «por turismo y viajes».

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El fisco bonaerense ajustó los pasos para reducir los pagos a cuenta en Ingresos Brutos

Con la intención de brindar una solución a un problema que los contribuyentes bonaerenses soportan desde hace años, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) reformuló las pautas a seguir para que las empresas y particulares reduzcan la carga fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que soportan mes a mes.

En efecto, el fisco bonaerense modificó los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de los pagos a cuenta del tributo. Para acceder al instructivo publicado por ARBA, que explica los nuevos lineamientos, haga clic aquí.

Conocida la norma, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) y el Consejo Profesional porteño (Cpcecaba) aseguraron que el problema fue advertido en múltiples oportunidades: «Los sistemas de retenciones y percepciones deben permitir la inmediata exclusión de tales regímenes a quienes la soliciten».

«La constante demora en el otorgamiento de las exclusiones puede ocasionar graves trastornos económicos, comerciales y financieros a los contribuyentes afectándose con ello no sólo el normal funcionamiento de sus cobros y pagos sino también su relación con los profesionales que los asisten», explicaron a este medio desde ambas entidades.

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AFIP. Nuevo nomenclador de actividades. Vence el empadronamiento para la terminación de CUIT 0 (cero)

Mediante la resolución general (AFIP) 3537 -BO: 1/11/2013- se estableció una nueva codificación de actividades económicas, «Clasificador de actividades económicas (CLAE) – Formulario 883». La AFIP realizó un proceso centralizado para la conversión automática de los viejos códigos al nuevo nomenclador pero pueden existir casos en los que dicha conversión no se haya realizado exitosamente, por lo tanto los contribuyentes que no tengan el nuevo código asignado deberán empadronarse ingresando en la opción «Actividades económicas» del «Registro Tributario».
Por tal motivo, recordamos que en el día de la fecha deberán empadronarse los contribuyentes cuya terminación del número de CUIT sea 0 (cero), conforme al cronograma previsto por la citada resolución general.

FUENTE: Errepar