LA AFIP establece, los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio e intimación de los aportes o contribuciones omitidos, emergentes de relaciones laborales no registradas, cuya existencia haya sido determinada por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado
a Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer el procedimiento a los fines de cobrar deudas en cargas sociales por trabajo en negro que surja de juicios laborales.
Las nuevas pautas se dan a conocer a través de la resolución general 3.739/2015 publicada en el Boletín Oficial.
Puntualmente establece, los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio e intimación de los aportes o contribuciones omitidos con destino al Sistema Único de la Seguridad Social, emergentes de relaciones laborales no registradas, cuya existencia haya sido determinada por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado.
También se aplica a la utilización indebida de beneficios de reducción de alícuotas de aportes o contribuciones de cargas sociales.
Las nuevas pautas se aplican desde las notificaciones que se registren a partir del 1 de abril próximo.
FUENTE: iProfesional.com

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