Se introducen modificaciones al régimen de información mensual dispuesto por la resolución general (AFIP) 3369, entre las cuales destacamos:
– Se incorporan como agentes de información a los barrios de chacras y barrios náuticos, los que se consideran incluidos dentro de los complejos urbanísticos privados.
– En todos los casos resultan responsables subsidiarios del deber de información los administradores de los complejos urbanísticos privados y de los consorcios (de inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal).
– Se elimina la disposición que establecía que cuando se detectaren al menos 3 presentaciones sucesivas “sin movimiento” los responsables no estarían obligados a continuar presentado declaraciones juradas en los períodos siguientes.
– Se incorporan como datos a suministrar respecto de los consorcios y de los administradores la cantidad de unidades del complejo y la superficie total del complejo.
– Se aprueba una nueva versión del programa aplicativo: “AFIP DGI – RÉGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS – Versión 4.0”.
Por último, destacamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación respecto de la información que corresponde suministrar a partir del mes de junio de 2014, inclusive.
FUENTE: Errepar

La medida fue comunicada por el fisco nacional a través de una nota enviada a la entidad empresaria que nuclea a estas actividades. Además, podría extenderse a otros rubros como salones de belleza, estacionamientos y gimnasios. Qué complicaciones y consecuencias genera el cambio Una nueva. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no permitirá a los bares, restaurantes y hoteles emitir comprobantes del tipo «A» aunque los compradores sean responsables inscriptos en los tributos.