La normativa tiene vigencia desde el primer día de este mes, pero la AFIP comunicó que, si bien no hay prórroga, tampoco habrá sanciones para quienes no cumplan hasta el 1° de octubre
La modalidad electrónica para el registro de las ventas de bienes y servicios da un paso largo este año, luego de haber avanzado en forma progresiva desde hace casi una década. El salto lo hace dar la resolución 3749 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que dispuso una generalización de la obligatoriedad de esa herramienta para los responsables inscriptos en el IVA, sean personas físicas o jurídicas.
La normativa tiene vigencia desde el primer día de este mes, pero la AFIP comunicó que, si bien no hay prórroga, tampoco habrá sanciones para quienes no cumplan hasta el 1° de octubre. Así, y ante algunas dificultades que se habían planteado en los primeros días, abrió un «período de adaptación» en el que se monitorea el ingreso al sistema de los obligados. El contribuyente que sabía de antemano que no llegaría a tiempo tuvo un período que venció en mayo para avisar a través de una ventanilla electrónica en la página web del organismo. Esa posibilidad se cerró, pero en reuniones con contadores, los funcionarios dijeron que tendrán «tolerancia» en la implementación.
El fisco informó que se contemplarán todas las situaciones planteadas por los contribuyentes en las que se informen dificultades para cumplir en término. El plazo establecido para cumplir con el régimen vencía este miércoles, pero muchos profesionales habían manifestado la necesidad de una prórroga
La Suprema Corte Bonaerense ordenó que los administradores también respondan ante el incumplimiento de la compañía. Expertos advierten que son cada vez más usuales este tipo de situaciones. Los jueces apuntan a que el personal jerárquico asuma las obligaciones que le competen
Se trata de una herramienta que sustituirá la hoja móvil papel por una sistematización. La medida se pondrá en marcha desde este martes. El titular del fisco, Ricardo Echegaray, afirmó que «es una inyección de tecnología para proteger a los asalariados y facilitar la gestión del empresariado»
El decreto 1232/2015 que extendió por otros tres meses el blanqueo de capitales lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner, Capitanich y el ministro de Economía, Axel Kicillof
Explican desde Arizmendi, que el nuevo procedimiento se caracteriza por la obligatoriedad de desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada por los contribuyentes, individualizando las ventas y su apertura según la alícuota del gravamen que corresponda en cada caso
En el régimen se pueden ingresar incumplimientos devengados hasta el 28 de febrero pasado, hasta en 120 cuotas a una tasa de interés del 1,9% mensual. La fecha de presentación límite para adherirse es el 30 de junio. El valor mínimo del pago por mes varia según la condición del contribuyente
La cuota más baja pasa de $429 a $519 lo que representa un aumento de hasta 20% en la cuota del régimen simplificado. El Monotributo tiene tres componentes: el impositivo, el previsional y el de obra social. Sólo el primero diferencia los importes a pagar según el monto que factura el contribuyente