En virtud de la resolución general (AFIP) 4003-E, que reglamenta las modificaciones introducidas en el impuesto dispuestas por la ley 27346, la AFIP adecuó la aplicación web SIRADIG para permitir deducir hasta el 40% del importe abonado en concepto de alquiler.
Para poder deducir este concepto de ganancias, el SIRADIG solicita, entre otros puntos, la siguiente información:
– Identificación del locador.
– Datos de la inmobiliaria, en caso de que intervenga.
– Adjuntar contrato de alquiler en formato PDF en el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y con cada renovación del contrato.
– Vigencia del contrato.
– Ingresar mes a mes el importe a pagar en concepto de alquiler y el detalle del comprobante de pago, ya sea factura o documentación equivalente.
El SIRADIG calcula automáticamente el 40% del importe abonado en concepto de alquiler.
Asimismo, el SIRADIG recuerda que solo podrán tomar esta deducción aquellos inquilinos que no sean titulares de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción.
Este beneficio, vigente a partir del mes de marzo, es retroactivo al mes de enero de 2017.
FUENTE: Errepar.
La política de los bancos de empezar a cobrar a las empresas el 1% por los depósitos en efectivo generó un revuelo tal en los demás sectores de la economía que obligó al Banco Central a acordar con las entidades que posterguen por seis meses su implementación.
ARBA y AFIP rubricaron un acuerdo que tiene como principal fin integrar las capacidades tecnológicas de ambos organismo y brindar mejores servicios a los contribuyentes y bajar la presión tributaria.
El primer grupo tendrá plazo hasta el 30 el abril y el último, los monotributistas de cateogrías entre A y E, hasta el 31 de marzo del próximo año; habrá nuevos beneficios por esta modalidad
Las principales entidades privadas ya enviaron comunicaciones a las personas jurídicas para notificarles sobre el aumento desde el mes que viene
A diferencia de años anteriores, los empleadores deben cumplir un formato predeterminado establecido por la AFIP mediante la resolución general 3839, de marzo de 2016, pero que todavía no aparece en la página de Internet del organismo
Es porque el propietario tendría que pagar por el impuesto para que su cliente consiga el descuento. Costos y beneficios para cada uno.
El Departamento del Tesoro dispuso que las LLC, utilizadas por extranjeros, informen operaciones con sus dueños, y en 2018 dará datos a los fiscos con los que tenga acuerdos
Por Hernán Gilardo