
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que los autoexcluidos del Monotributo durante el año pasado podrán regresar al régimen simplificado sin tener que esperar el plazo de tres años.
De igual manera, lo podrán hacer los contribuyentes que fueron excluidos de oficio por el organismo que encabeza Alberto Abad.
Los cambios se dan a conocer a través de la flamante resolución general 3990.
Asimismo, el fisco nacional podrá no sólo excluir de oficio, sino que también comenzará a recategorizar de oficio a los monotributistas.
En efecto, la AFIP podrá cambiar de categoría a un monotributista cuando detecte acreditaciones bancarias o compra de bienes o gastos personales, cuyos montos superen el importe de facturación máxima permitida por año para estar en el escalón en el que la persona se ubicó (se tendrá en cuenta, claro, que la persona puede tener también ingresos como asalariado). Leer más
por MARIANO GORODISCH
El tope fue fijado en el 2000 y nunca actualizado. Se analiza aplicar un sistema de “facturas electrónicas” donde figuren los datos del comprador, que deje el registro de la operación y que esté a disposición de la AFIP
El comprobante que se obtiene a través de la página web del fisco, muestra la remuneración bruta y los aportes en los últimos seis meses de quien los solicita. Habitualmente, se presenta cuando se quiere sacar una nueva tarjeta de crédito o se gestiona un préstamo, entre otros trámites
A partir del viernes 20 de enero próximo, los contribuyentes podrán acceder en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con su clave fiscal, a la calificación fiscal que el organismo de recaudación les asignó según un sistema que se pondrá en marcha con una resolución a publicar esta semana, y que les permitirá a los ciudadanos acceder a mejores condiciones en los próximos planes de facilidades de pagos y al organismo, fiscalizar a los contribuyentes más riesgosos.
Ganancias y Bienes Personales se presentarán en junio y no en abril, tanto para empleados como para personas humanas con participación en sociedades
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de marzo de 2017 el plazo para informar deducciones y pagos a cuenta del impuesto a las Ganancias correspondiente a este año, que se realiza a través de la web de ese organismo.
por DOLORES OLVEIRA