Tampoco podrán solicitar las declaraciones juradas a sus clientes las aseguradoras, transportadoras de caudales, correos privados, operadores de compraventa de objetos de arte, despachantes de aduana y organismos de la Administración Pública
Con el objetivo de proteger el secreto fiscal, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece que bancos y otras entidades financieras y cambiarias no deberán solicitarles a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos que hayan presentado ante el organismo fiscal.
La medida, que se pone en práctica a través de la resolución general 3952 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, brinda una mayor confidencialidad y seguridad a la relación del contribuyente con el fisco.

Así lo dispuso oportunamente el Banco Central. Ya son varios los bancos que están ofreciendo esta posibilidad, destinada a corporaciones y también pymes
La AFIP amplió el plazo para efectuar el depósito hasta el 21 de noviembre. 48 horas atrás había levantado la necesidad de presentar declaraciones juradas. Hay tiempo hasta el 31 de octubre para abrir las Cuentas Especiales en entidades financieras
La Cámara de Apelaciones en lo Comercial ordenó mantener el embargo sobre un inmueble pese a que está inscripto como bien de familia. Según los jueces, el nuevo Código Civil prevé una “inejecutabilidad” y no una “inembargabilidad”, por lo que “el acreedor embargará, pero no podrá ejecutar su crédito” hasta no acreditar una causal de exclusión.
Para fomentar las transferencias y pagos electrónicos, el Banco Central dispuso la creación del «alias CBU» que le permitirá al cliente bancario asociar un alias a una clave bancaria uniforme (CBU).