Los responsables inscriptos que no hubieren adoptado la factura electrónica hasta el momento, por tener ventas netas inferiores a $ 500.000 durante el año 2015, deberán implementarla respecto de los comprobantes electrónicos que emitan a partir del 1/11/2016.
Recordamos que originalmente la obligación de emisión de comprobantes electrónicos por parte de los sujetos responsables inscriptos resultaba de aplicación a partir del 1 de julio de 2015 (respecto de todas sus operaciones realizadas en el mercado interno, siempre que las mismas no se encontraren alcanzadas por el régimen de controladores fiscales) y que fue prorrogada posteriormente solo para aquellos sujetos que hayan tenido problemas de implementación.
Fuente: RG (AFIP) 3840 y RG (AFIP) 3749
FUENTE: Errepar
La Administración Federal de Ingresos Públicos informa en su página de Internet que tratamiento debería darse a las supuestas inconsistencias que presentan los contribuyentes
Al ingresar con la clave fiscal en la página de internet del organismo a cargo de Alberto Abad, aparece en la sección «Mi parte» tres pestañas: «información sobre tus bienes», «información sobre tus ingresos declarados» y «sinceramiento fiscal»
Alberto Abad señaló las inconsistencias detectadas en las declaraciones de más de 2.400 grandes contribuyentes