La AFIP obligará a informar online las compras a quienes facturan en forma electrónica

La AFIP obligará a informar online las compras a quienes facturan en forma electrónica

El fisco nacional aumentará significativamente la cantidad de sujetos obligados para incrementar el cruce de datos y así poder redireccionar las inspecciones. La medida apunta a preparar el terreno para calcular cuánto IVA debe pagar cada contribuyente mensualmente

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentará significativamente la cantidad de contribuyentes que deberán informar online las compras que realizan. La mira está puesta sobre las empresas y particulares que ya facturan electrónicamente y que aún no han sido contemplados en la nueva obligación.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el fisco nacional se encuentra redactando una nueva resolución que ampliará la cantidad de sujetos obligados a ingresar al sistema de Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes (CITI-Compras).

Al tratarse de compañías y particulares que ya se encuentran en el régimen de factura electrónica, la avanzada le permitirá conocer de inmediato el monto de las compras y de las ventas comunicadas a través de la web.

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray da un paso más hacia la declaración jurada proforma del Impuesto al Valor Agregado (IVA), con el objeto de decirles a las empresas y particulares cuál será el gravamen que deben pagar mensualmente.

Ampliar el padrón
El mencionado régimen obliga, actualmente, a más de 25.000 responsables a informar mensualmente el detalle de las compras realizadas. La idea del fisco es duplicar la cantidad de sujetos en el mediano plazo.

Desde Tributum, Mario Goldman Rota, consultor tributario, destacó que ya son muchas las empresas y los contribuyentes que se encuentran obligados por tres regímenes simultáneos:

  • Facturación electrónica.
  • CITI-Compras.
  • Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

«A través de un simple cruce informático de esos tres, el organismo recaudador puede verificar fácilmente el IVA que debería pagar cada contribuyente e implementar una declaración jurada proforma del tributo», afirmó.

«No resulta casual que un gran número de contribuyentes, que se encuentran en el sistema de factura electrónica, sean nuevos sujetos obligados a informar las compras que generan crédito fiscal en el gravamen», agregó el experto.

En igual sentido, el consultor tributario Marcelo Domíngueadelantó que, en un futuro próximo, tanto el «CITI Compras» como el «CITI Ventas» se presentarán en formato web. Vale aclarar que, en la actualidad, los regímenes corren bajo el SIAP, es decir, por el sistema provisto por la AFIP.

Factura electrónica
Complementariamente, los sujetos que ya dejaron atrás la facturación manual deben utilizar el nuevo software denominado «Factura Electrónica. Régimen de Información de Operaciones – Versión 2.1 Release 1«.

Este programa aplicativo perfecciona el detalle sobre el precio y las cantidades vendidas que deben informar los contribuyentes bajo la mira.

También obliga a declarar un código numérico, estandarizado y unívoco, para cada bien o servicio facturado a través del mecanismo de comprobantes web.

Al respecto, desde Kaplan, Volman & Asociados, Mario Volman, advirtió que «el cliente que recibe un comprobante electrónico, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir facturas electrónicas, no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización».

Comprobantes electrónicos «truchos»
Por último, ya se encuentra en pleno funcionamiento un nuevo micrositio que permite a los receptores de comprobantes -incluídos los electrónicos- verificar que cada una de las facturas se encuentre autorizada por el fisco nacional.

Para llevar adelante la consulta se deben ingresar los siguientes datos: 

  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor de la factura.
  • Clave de Autorización de Impresión (CAI) del comprobante.
  • Fecha de emisión de la factura.
  • Tipo y número de comprobante.

Oportunamente, el titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Ángel Toninelli, había anticipado que se depuraría «la base APOC».

La información que contiene la misma corresponde a facturas o documentos equivalentes que, por algún motivo, fueron calificados como apócrifos.

«Los datos son de carácter meramente informativos, con una función preventiva, ya que se han detectado casos que correspondían a firmas totalmente inexistentes, como así también a empresas reales a las que se les pudo haber falsificado documentación», puntualizaron desde la AFIP.

FUENTE: iProfesional.com

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