Nuevo Código: el bien de familia no es ejecutable pero sí embargable

Nuevo Código: el bien de familia no es ejecutable pero sí embargableLa Cámara de Apelaciones en lo Comercial ordenó mantener el embargo sobre un inmueble pese a que está inscripto como bien de familia. Según los jueces, el nuevo Código Civil prevé una “inejecutabilidad” y no una “inembargabilidad”, por lo que “el acreedor embargará, pero no podrá ejecutar su crédito” hasta no acreditar una causal de exclusión.

Con los votos de los jueces Rafael Barreiro y Juan Manuel Ojea Quintana, la sala F hizo lugar a la apelación del solicitante en el caso “Gómez, Alberto Antonio c/ Sama Explotaciones S.R.L. s/ Ejecutivo” y dispuso que el embargo se debía mantener, por apelación a las normas del nuevo Código Civil y  Comercial de la Nación, que modificó los alcances del régimen de “Bien de Familia”.

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