Las constancias de inscripción serán válidas por 30 días corridos. Y se elevó a $2000 el piso a partir del cual hay que efectuar la consulta.
Se estableció en 30 días corridos el nuevo plazo de validez de las constancias de inscripción, que antes era de 180 días.
Además, se elevó de $150 a $2000 por transacción el piso a partir del cual corresponde que los sujetos obligados (*) efectúen la consulta de la condición tributaria de los contribuyentes.
Para efectuar la consulta de la condición tributaria, se agregó una transacción de intercambio de información mediante “Web Services”, denominada “CONSULTA CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN” y a la que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante el uso de la Clave Fiscal (**).
Vigencia
Las presente normativa entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Referencia normativa: Resolución General 4162-E
Fecha de publicación: 27/11/17
FUENTE: AFIP
Antes del 15 de septiembre de 2018, el Poder Ejecutivo deberá remitir al Congreso un proyecto en el que fije la cantidad de UVT que corresponda a cada uno de los parámetros monetarios que aplica la AFIP. Y en la misma iniciativa, se expresará el monto de conversión en pesos de la UVT.
La confirmación de la categoría es obligatoria y se realiza en solo 3 pasos desde la página www.monotributo.afip.gob.ar o desde la aplicación “Mi Monotributo”
Lo acordó el Poder Ejecutivo Nacional con los gobernadores. Bajará intensamente en los servicios de electricidad, gas y agua y transporte, y para la industria papelera