Archivo el enero 25, 2023

Impuesto a las Ganancias – Alícuotas

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS   
Personas Humanas y Sucesiones Indivisas   
     
Período 2022    
DesdeHastaImporte
$Más el %S/exced. de
0,0097.202,000,0050,00
97.202,00194.404,014.860,10997.202,00
194.404,01291.606,0113.608,2812194.404,01
291.606,01388.808,0225.272,5215291.606,01
388.808,02583.212,0239.852,8219388.808,02
583.212,02777.616,0276.789,5823583.212,02
777.616,021.166.424,03121.502,5027777.616,02
1.166.424,031.555.232,07226.480,66311.166.424,03
1.555.232,07en adelante347.011,16351.555.232,07
     
     
Período 2023    
DesdeHastaImporte
$Más el %S/exced. de
0,00173.834,610,0050,00
173.834,61347.669,238.691,739173.834,61
347.669,23521.503,8424.336,8512347.669,23
521.503,84695.338,4745.197,0015521.503,84
695.338,471.043.007,6871.272,1219695.338,47
1.043.007,681.390.676,90137.329,34231.043.007,68
1.390.676,902.086.015,35217.293,26271.390.676,90
2.086.015,352.781.353,85405.034,64312.086.015,35
2.781.353,85en adelante620.589,58352.781.353,85
     
     
     
     
Personas Jurídicas   
Ejercicios Iniciados a partir del 01/01/2021   
DesdeHastaImporte
$Más el %S/exced. de
0,005.000.000,000,00250,00
5.000.000,0050.000.000,001.250.000,00305.000.000,00
50.000.000,00en adelante14.750.000,003550.000.000,00
     
     
Ejercicios Iniciados a partir del 01/01/2022   
DesdeHastaImporte
$Más el %S/exced. de
0,007.604.948,570,00250,00
7.604.948,5776.049.485,681.901.237,14307.604.948,57
76.049.485,68en adelante22.434.598,283576.049.485,68

 

 

Impuesto a las Ganancias – Deducciones Computables

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – DEDUCCIONES COMPUTABLES
     
Deducciones PersonalesPeríodo 2022Período 2023
CONCEPTOIMPORTEZONA DESFAVORABLEIMPORTEZONA DESFAVORABLE
Ganancia no imponible252.564,84308.129,12451.683,19551.053,52
Cónyuge / Conviviente235.457,25287.257,86421.088,24513.727,67
Hijo/a118.741,97144.865,21212.356,37259.074,78
Hijo/a Incapacitado237.483,94289.730,42424.712,74518.149,56
Deducción Especial (Autónomos y Profesionales)883.976,941.078.451,921.580.891,181.928.687,34
Deducción Especial (Nuevos Profesionales o Emprendedores)1.010.259,361.232.516,481.806.732,782.204.214,10
Deducción Especial (Empleados y Jubilados)1.212.311,241.479.019,722.168.079,352.645.056,82
     
     
Deducciones GeneralesPeríodo 2022Período 2023
CONCEPTOFORMA DE DEDUCCIÓNTOPE ANUALTOPE ANUAL
Seguro de SepelioAnual996,23996,23
Intereses Créditos HipotecariosAnual20.000,0020.000,00
Seguro de VidaAnual42.921,0042.921,00
Donaciones a Entidades Reconocidas como ExentasAnual5% Ganancia Neta5% Ganancia Neta
Aportes JubilatoriosMensual
Amortización de Bienes InmaterialesAnual
Aportes a Obra SocialesMensual
Medicina PrepagaMensual5% Ganancia Neta5% Ganancia Neta
Honorarios Servicios de Asistencia SanitariaAnual40% – 5% Ganancia Neta40% – 5% Ganancia Neta
Alquiler de Casa Habitación (Empleados)Anual40% y MNI40% y MNI
Seguro de RetiroAnual42.921,0042.921,00
Servicios EducativosAnual40% x MNI40% x MNI
Servicio DomésticoMensualMNIMNI

 

 

 

Retención Impuesto a las Ganancias – RG 830 – Cuardo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RETENCIÓN MÍNIMA : inscriptos: $ 240 y no inscriptos : $ 1.020 para alquileres o arrendamientos de bienes inmuebles urbanos y $ 240 para el resto de los conceptos sujetos a retención.

(a) Cuando los beneficiarios sean no inscriptos en el impuesto no corresponderá considerar monto no sujeto a retención, excepto cuando se trate de los conceptos de códigos de régimen 112 y 113 que deberá considerarse para beneficiarios inscritos y no inscritos.

(b) Se deberá computar un solo monto no sujeto a retención sobre el total del honorario o de la retribución, asignados.

(c) Los intereses por eventuales incumplimientos se encuentran sujetos a las mismas tasas y mínimos aplicables al concepto generador de tales intereses, excepto incisos a) y d).

(d) De acuerdo al código de régimen asignado al concepto que se paga.

(e) La alícuota a aplicar será del 28% si se trata de personas humanas y sucesiones indivisas, y del 25% para el resto de los sujetos.

 

 

 

 

 

¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR?

 

¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR? 
    
CONDICIÓN ANTE EL IVADESTINATARIO DEL COMPROBANTETIPODÉBITO FISCAL
Responsable InscriptoResponsable InscriptoADiscriminado
MonotributistaADiscriminado (*)
Exento / No AlcanzadoBSin Discriminar
    
MonotributistaTodos los casosC
    
Exento / No AlcanzadoTodos los casosC
    
(*) Con la frase:

“El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, solo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley N.º 27.618.”

    
    
    
VENTAS MASIVAS A CONSUMIDOR FINAL
En todos los casos, cuando se realicen ventas masivas a consumidores finales, deberá emitirse los comprobantes con controlador fiscal de nueva tecnología
    
    
COMPROBANTES DE RESGUARDO
Si bien los comprobantes deben emitirse en forma electrónica, ya sea mediante el uso de la página web de la Administración o con un sistema de computación, recuerde que es obligatorio contar con talonarios de resguardo.
Los mismos son comprobantes impresos por imprenta y tienen un vencimiento de dos (2) años.
Serán de uso obligado cuando se registren cortes en el suministro eléctrico, cortes del servicio de Internet o falta de funcionamiento de la página de AFIP, entre otros

 

 

 

Control de Comprobantes Recibidos

 

CONTROL DE COMPROBANTES RECIBIDOS 
    
Obligaciones a tener en cuenta al recibir un comprobante de compra/gasto
Pago con medios bancarizado1.000,00 
»Cheque 
»Cheque de Pago Diferido 
»Transferencia Bancaria 
»Tarjeta de Crédito 
»Tarjeta de Débito 
    
Comprobar mensualmente la CUIT se encuentra vigente y sin restricciones:
»Acceso  
    
Comprobar la validez del comprobante y conservar la constancia impresa o en .pdf
»Acceso 

Factura de Crédito Electrónica – Importe – Vigencia

 

FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MIPYME 
    
Condiciones de su emisión
»Empresas MiPyme  
»Por facturas emitidas a clientes Grandes Empresas  
»Listado de Grandes Empresas  
» 
Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento
  
    
Emisión obligatoria de Factura de Crédito Electrónica
VigenciaImporte
13/04/2023546.737,00
12/04/2022295.555,00
13/04/2021195.698,00

Facturación a Consumidor Final – Parámetros – Vigencia

 

 IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE CONSUMIDOR FINALVigencia:Ene / 2023
      
 Comercios en General
 Forma de PagoDesde $  
 Mediante medios electrónicos61.534,00  
 En Efectivo30.767,00  
      
 Comercio Mayorista, Industria Manufacturera y Reaparación de Automóviles y motos
 Forma de PagoDesde $  
 Mediante medios electrónicos30.767,00  
 En EfectivoEn todos los casos  
      
      
 Datos a consignar en la factura:
 »Nombre y Aperllido   
 »Dirección   
 »CUIT / CUIL / CDI / DNI
  

 

 

Parámetros Pyme – Vigencia Abril de 2023

 

PARÁMETROS PYME  Vigencia:Abril/2023
      
A.- Límites de ventas totales anuales     
CATEGORÍACONSTRUCCIÓNSERVICIOSCOMERCIOINDUSTRIA Y MINERÍAAGROPECUARIO
Micro78.690.000,0036.850.000,00213.150.000,00150.620.000,0090.930.000,00
Pequeña466.910.000,00222.160.000,001.518.340.000,001.125.450.000,00334.950.000,00
Mediana – Tramo 12.605.040.000,001.838.740.000,007.217.020.000,008.010.250.000,001.971.190.000,00
Mediana – Tramo 23.907.130.000,002.625.990.000,0010.310.100.000,0016.184.680.000,003.126.440.000,00
      
      
B.- Límite de personal ocupado     
CATEGORÍACONSTRUCCIÓNSERVICIOSCOMERCIOINDUSTRIA Y MINERÍAAGROPECUARIO
Micro1277155
Pequeña4530356010
Mediana – Tramo 120016512523550
Mediana – Tramo 2590535345655215
      
      
C – Límite de activos     
ACTIVOS     
193.000.000,00