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Control de la compra de moneda extranjera. Modificaciones

Se sustituye el procedimiento relacionado con la adquisición de moneda extranjera estableciendo, entre otras, las siguientes modificaciones:
* Las operaciones de compra en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán la validación de las empresas de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o en su caso del operador turístico interviniente respecto de los datos declarados por el adquirente.
* Solo se podrá comprar la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino (por ej. Uruguay: pesos uruguayos; Brasil: reales; Paraguay: guaraníes, etc.).
* Se deberán registrar las operaciones que se realicen como consecuencia del reingreso de fondos por suspensión del viaje informado con anterioridad y que haya dado origen a la compra de moneda extranjera.
Las disposiciones comentadas precedentemente resultan de aplicación a partir del 13/8/2012.

FUENTE: Errepar

Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Defensa del consumidor. Nuevo diseño de carteles obligatorios

Por medio de la disposición (DGDyPC CABA) 1593/2012, se aprueban los nuevos diseños de los carteles obligatorios que los comercios y locales de atención al público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán exhibir en cumplimiento de las leyes 2013 y 2696.
Recordamos que la ley (CABA) 2013 establece la obligación de colocar en los comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un cartel indicando que ante la ausencia de cambio el consumidor tiene derecho a exigir que la diferencia se redondee a su favor y, por otra parte, que la ley (CABA) 2696 establece la obligación de colocar un cartel indicando que ante cualquier duda o reclamo el consumidor se podrá dirigir a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.

Modelos:

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La AFIP pone en marcha un estricto control sobre los monotributistas

Desde este mes, las empresas de agua, gas, luz y telefonía informarán ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray un minucioso detalle sobre los consumos correspondientes a los pequeños contribuyentes. Se apunta al cruce de datos a fin de combatir la evasión en Ganancias, IVA y Bienes Personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió poner en marcha un estricto control sobre los gastos de los pequeños contribuyentes.

A partir de este mes, las empresas de agua, gas, luz y telefonía -incluído celulares- informarán ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray un minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los inscriptos en el régimen simplificado.

En primer término, la reglamentación establece que las compañías deben proporcionar mensualmente los datos que corresponden a los usuarios que tengan un consumo igual o superior a los $1.000, o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual.

Pero el seguimiento se pondrá más estricto en lo referido a los monotributistas: «Las empresas estarán obligadas a informar a todos los contribuyentes que, al cierre del período mensual informado, revistan el carácter de sujetos adheridos al Monotributo, independientemente del monto de la operación».

Es decir, que las firmas de servicio proporcionarán al fisco nacional un detalle sobre los pequeños contribuyentes, sin importar si pagan $500 o $50 mensuales (o bimestrales).

FUENTE: iProfesional.com

El fisco nacional ajustará el control sobre la compraventa y alquiler de inmuebles

La AFIP obligará a los operadores del sector a aportar ciertos datos clave en tanto realicen más de tres ventas al año o superen en conjunto los $300.000. La avanzada, además, pone la mira sobre las locaciones que superen los $8.000 mensuales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzará en los próximos meses el control sobre la compraventa y el alquiler de inmuebles.

En efecto, entrará en plena vigencia el reformulado régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse siempre que realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

Complementariamente, el marco legal vigente también pone la lupa sobre los alquileres que superen los $8.000 mensuales. En igual sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

El marco reglamentario vigente establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».

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La lupa oficial se posa sobre los plásticos: la AFIP profundizará el control sobre los gastos realizados con tarjeta de crédito

En la actualidad, las empresas emisoras deben enviar un pormenorizado detalle de los clientes que gasten más de $3.000 mensuales. El fisco busca potenciar el cruce de datos en Ganancias y Bienes Personales y ajustar aún más el cepo cambiario

Por Hernán Gilardo.

En los próximos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) profundizará el fuerte control que recae sobre quienes usan tarjetas de crédito.

En la actualidad, las empresas emisoras de los plásticos están obligadas a enviar mes a mes al organismo que conduce Ricardo Echegaray un pormenorizado detalle de los clientes que gasten más de $3.000 mensuales.

Sin embargo, de acuerdo con la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el fisco está evaluando reducir el límite (una de las opciones es llevarlo a $1.000) mientras busca otras formas de generalizar aún más el seguimiento.

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La AFIP pone en marcha un estricto control sobre los gastos de los monotributistas

Desde este mes, las empresas de agua, gas, luz y telefonía informarán ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray un minucioso detalle sobre los consumos correspondientes a los pequeños contribuyentes. Se apunta al cruce de datos a fin de combatir la evasión en Ganancias, IVA y Bienes Personales

Por Hernán Gilardo.

En lo que constituye una nueva avanzada sobre los monotributistas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió poner en marcha un estricto control sobre los gastos de los pequeños contribuyentes.

Puntualmente, a partir de este mes, las empresas de agua, gas, luz y telefonía -incluído celulares- informarán ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray un minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los inscriptos en el régimen simplificado.

La nueva herramienta de seguimiento se dio a conocer a través de la resolución general 3.349 publicada en el Boletín Oficial de este jueves. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

En efecto, la medida potencia «el régimen de información que debe ser cumplido por las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y de telefonía móvil«.

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ARBA relanza sistema online para consultar intimaciones y realizar descargos

Las empresas y particulares podrán consultar las citaciones, notificaciones y requerimientos recibidos. También permite generar la respuesta pertinente, remitiendo vía web los datos solicitados por el fisco bonaerense. Conozca las claves de la nueva aplicación

Por Hernán Gilardo.

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) relanza el sistema online que le permitirá a las empresas y particulares consultar intimaciones y realizar los descargos pertinentes.

De esta manera, el fisco bonaerense potencia el «Sistema Integral de Operativos y Descargos«, que deben utilizar los contribuyentes a fin de constatar las citaciones, notificaciones, requerimientos o reclamos de pago que se les formulen en el marco de operativos vinculados con acciones masivas o especiales de verificación y control.

También se debe usar la nueva herramienta para formular descargos contra las intimaciones recibidas.

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Nuevo régimen informativo de participaciones societarias

Queremos participarlos de la publicación, el pasado día martes en el suplemento Novedades Fiscales del diario Ámbito Financiero, del artículo sobre el nuevo régimen de información sobre participaciones societarias establecido por la RG AFIP 3293, escrito en colaboración por el Dr. Gastón Dardik y el Dr. Pablo Vergara.

 

Link a la página web del suplemento: http://www.ambito.com//suplementos/novedadesfiscales/ampliar.asp?id=2750

 

Artículo:

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Alerta empresarial: el polémico proyecto para limitar el trabajo los fines de semana está a un paso de convertirse en ley

El cambio de la actual normativa, que ya cuenta con aprobación del Senado, ahora fue avalado por la comisión de legislación del trabajo de la Cámara de Diputados. Afecta a miles de empleados que trabajan sábados y domingos en diferentes comercios, shopping y supermercados. El nuevo marco propuesto

Por Sebastian Albornos.

Dicen que los empresarios argentinos pueden dar cátedra en el mundo a la hora de hablar de crisis, capear temporales o adaptarse a los cambios de contexto.

Cuando no es el dólar, es la inflación. Y cuando el impacto no llega desde el entorno político o económico, los nubarrones provienen de otro frente.

En este contexto, una nueva iniciativa que busca modificar el régimen laboral vigente en materia de descansos y compensaciones durante los fines de semana, avanza a paso firme en el Congreso.

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Denuncian nuevas trabas para informar los aumentos vía sumas no remunerativas

Las empresas ya deben declarar los montos que se encuentran bajo la lupa antes de liquidar los salarios a sus empleados. Tributaristas advierten que surgieron nuevos inconvenientes que impiden cumplir con la obligación en tiempo y forma. Conozca los problemas a resolver

Por Hernán Gilardo.

De acuerdo al marco reglamentario establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las empresas ya deben informar mensualmente los aumentos de sueldos a través de las sumas no remunerativas que pagan a sus empleados.

«Creamos un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios, los conceptos que se encuadran como no remunerativos, como así también la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto», señalaron oportunamente desde el fisco nacional al poner en marcha la nueva herramienta.

El mecanismo apunta a evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social.

Esto es así ya que, a través de sus tareas de fiscalización, la AFIP advirtió que «numerosos empleadores abonan una parte importante de los salarios mediante conceptos consignados como no remunerativos. Es decir, montos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social«.

Cómo actuar ante las zonas grises
Tal cómo lo anticipó iProfesional.com, el sistema provisto por el fisco nacional presentó inconvenientes desde su puesta en marcha.

Si bien fueron solucionados en su gran mayoría, reconocidos tributaristas señalaron a este medio la aparición de nuevos inconvenientes que merecen una rápida respuesta del organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

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