La tasa alcanza únicamente a las sociedades por acciones y su monto se determinará en función de una escala que tiene en cuenta la sumatoria del capital social y de la cuenta ajuste de capital resultante de los últimos estados contables

A través de la resolución 1789/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fijó el 12 de diciembre próximo como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de la Inspección General de Justicia (IGJ)
Vencida la fecha fijada, será de aplicación la multa prevista en el marco legal vigente. Dicha multa es el equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
La tasa alcanza únicamente a las sociedades por acciones y su monto se determinará en función de una escala que tiene en cuenta la sumatoria del capital social y de la cuenta ajuste de capital resultante de los últimos estados contables cuya presentación ante la Inspección General de Justicia (IGJ) hubiere correspondido con anterioridad al vencimiento de la tasa.




