Archivo el marzo 5, 2012

Se mantiene la prohibición de indexar y por ende de ajustes impositivos

Como era de suponer, las modificaciones proyectadas a la Ley de Convertibilidad no incluyen la derogación de la disposición que impide la indexación de los contratos ni la aplicación de ningún mecanismo de repotenciación. Así lo hizo saber ambitoweb.com luego de haber consultado al Banco Central de la República Argentina (BCRA). Es más la autoridad monetaria apuntó que «sólo se modificarán algunos artículos» de la Ley de Convertibilidad de acuerdo al proyecto impulsado por el Ejecutivo . En el plano fiscal desalienta la posibilidad de aplicar el ajuste por inflación impositivo.

Fuentes del BCRA explicaron que los artículos 7 y 10, que prohíben la indexación de precios, impuestos, deudas y tarifas, «no son objeto de cambios» en la iniciativa elevada al Congreso. Asimismo, remarcaron que «se mantienen inalterables otras prescripciones incluidas en la ley de Convertibilidad, como la inembargabilidad de las reservas», según lo recogido por ambitoweb.com.

FUENTE: Novedades Fiscales

Autónomos. Incremento a partir de devengado Marzo de 2012

A partir del mes devengado marzo de 2012, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social en un 17,62%, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.
El mencionado incremento del 17,62%, es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios.
Cabe mencionar que el esquema de movilidad jubilatoria dispone que los haberes previsionales se actualizarán cada 6 meses, y con ello, se ajustarán en la misma proporción la renta presunta de los autónomos, como así también el tope salarial de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia.

Leer más

En medio de las paritarias, el Gobierno busca frenar los aumentos de sueldos vía sumas no remunerativas

La AFIP implementará un nuevo régimen de información para que los empleadores informen estos conceptos antes de liquidar los salarios a sus empleados. Además, deberán comunicar la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado. La opinión de los expertos

Por Hernán Gilardo.

Mientras empresarios y trabajadores ya se encuentran inmersos en la discusión salarial de todos los años, el Gobierno pondrá en marcha un mecanismo que apunta a frenar los aumentos de sueldos mediante sumas no remunerativas.

Al igual que sucede con los potenciales compradores de dólares, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la encargada de aprobar o denegar el otorgamiento de estos conceptos.

«Creamos un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como no remunerativos, como así también la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto», informó a través de un breve comunicado el organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

Leer más

Rige plazo para cumplir con el registro de empleadores porteños

La carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2011, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo próximo. Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada para efectuar trámites

El Gobierno porteño ya volvió a la carga con el registro web de empleadores porteños.

En efecto, el Ejecutivo local ya estableció la fecha límite para que las empresas radicadas en la Ciudad de Buenos Aires presenten el informe anual detallado sobre sus trabajadores.

La norma vigente establece que «la carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2011, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo próximo».

Leer más