La AFIP reglamenta el cómputo del cargo del 15% sobre las compras en el exterior

La AFIP reglamenta el cómputo del cargo del 15% sobre las compras en el exterior

A través de una nueva reglamentación, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray aprobó el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”. La norma aclara que las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer un nuevo software para liquidar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que permite el cómputo del cargo 15% que rige para las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de débito o crédito.

La nueva versión del software se dio a conocer a través de la resolución general 3.439 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La nueva reglamentación aprueba el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”.

La norma aclara que las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos.

Las modificaciones introducidas en esta nueva versión del programa aplicativo unificado contienen, entre otras, las siguientes novedades:

  • Pantalla “Deducciones”: se adecuó la deducción especial debido a la eximición del medio aguinaldo de diciembre de 2012 del pago del impuesto.
  • Pantalla “Participaciones de empresas”: se agregó el campo “Amortización del Ejercicio” para exteriorizar las amortizaciones del período en el caso de participaciones de empresas de 3° categoría, y el importe resultante se trasladará automáticamente a la pantalla “Justificaciones Patrimoniales”.
  • Pantalla “Determinación de la Renta de Fuente Argentina” —“Resultado Neto de 3° Categoría”—, subpantalla “Participaciones en Empresas Fuente Argentina”: se efectuaron ajustes, a fin de permitir cargar una misma Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), para cada una de las explotaciones unipersonales del contribuyente.
  • Pantalla “Determinación del Saldo GPF” dentro de la subpantalla Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta: se incorporó la subpantalla “Pagos a cuenta” que permite ingresar los pagos a cuenta de Ganancias dispuestos por la resolución general 3.376 (Fútbol Profesional —transferencia y/o cesiones—) y las autorretenciones, de corresponder.
  • Pantalla “Determinación del Saldo GPF” dentro de la subpantalla Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta: Se actualizaron las tablas de los impuestos y de los códigos de los regímenes relacionados con retenciones y percepciones, a los fines de permitir incorporar, de corresponder, las percepciones previstas en la resolución general 3.378 y su complementaria (compras efectuadas con tarjeta de crédito/débito/compra en el exterior y/o en sitios virtuales).
  • Pantalla “Determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales”: se incorporó el campo “Percepciones Impuesto sobre los Bienes Personales” y se agregó la subpantalla “Percepciones Impuesto sobre los Bienes Personales” que permite incorporar, cuando corresponda, las percepciones establecidas por la resolución general 3.378 y su complementaria (compras efectuadas con tarjeta de crédito/débito/compra en el exterior y/o en sitios virtuales).

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray ajustó el software que se debe utilizar para presentar Ganancias y Bienes Personales.

FUENTE: iProfesional.com

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