Aumenta desde marzo el costo fiscal que deben soportar los empleados y autónomos

El Gobierno anunció una nueva actualización del haber mínimo jubilatorio que -a partir de marzo- lleva el valor a 2.757 mensuales.

El aumento -contemplado en la Ley de Movilidad Jubilatoria- impacta de lleno en la carga fiscal que soportan mensualmente los empleados y los trabajadores independientes.

Concretamente, con respecto a estos últimos, se prevé que con el ajuste se eleve el monto a cancelar por la categoría más baja a unos $510 aproximadamente. En tanto, la más alta superará los 2.410 pesos.

En igual sentido, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla -casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzarán a abonar -en poco más de un mes- una cifra cercana a $715, mientras que ahora la suma que aportan es de 642 pesos.

En tanto, en lo que respecta a quienes se desempeñan en relación de dependencia, el aumento en la jubilación mínima también elevará a cerca de $32.150 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

Por lo tanto, una vez que la AFIP actualice el esquema de tributación para los autónomos, se estima que éste quedará diagramado de la siguiente manera:

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La AFIP oficializó los nuevos valores de autónomos

A través de la resolución general 3.534 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los nuevos valores de las cuotas a cancelar por los trabajadores autónomos que rigen a partir ded este mes.

Complementariamente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray subió un breve instructivo en la página web del organismo al que se puede acceder haciendo click aquí.

 

Autónomos enfrentarán una nueva recategorización bajo límites desactualizados

Quienes realicen actividades de forma independiente deberán poner al día su situación ante la AFIP en base a parámetros que llevan más de seis años sin ajustarse. Expertos explican las claves a tener en cuenta para realizar el trámite en tiempo y forma

Por Hernán Gilardo.

Los trabajadores independientes deberán actualizar su situación fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, consecuentemente, el pago mensual respectivo en base a parámetros de honorarios que llevan más de seis años sin ser modificados.

Esto es así, ya que el monto total de ingresos que percibió el trabajador autónomo durante el año pasado determina si el contribuyente debe saltar de categoría, aumentando así su cuota mensual a cancelar.

Flavia Melzi, consultora tributaria, detalló las claves a tener en cuenta al momento de realizar el trámite. Al respecto, la experta señaló como grave «la inequidad que se generará por la falta de adecuación de los parámetros de ingresos brutos para el encuadramiento de los autónomos en las diversas categorías».

«Si bien -en los últimos tiempos- el aporte mensual a cancelar se ha ido elevando periódicamente, respetando una cláusula de repotenciación periódica, nada se ha previsto respecto a la actualización de los montos de ingresos brutos obtenidos, base para encuadrarse en una u otra categoría», explicó Melzi.

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