Un nuevo control se sumó a la maraña de restricciones implementadas para restringir la salida de dólares. Genera interrogantes entre aquellos que deseen viajar como, por ejemplo, si el fisco podría negar una compra, o qué sucede si el interesado reserva un pasaje aéreo de forma directa
Por Hernán Gilardo – Gonzalo Chicote.

Si, tal como afirma Cristina Kirchner, el cepo cambiario no existe, habrá que reconocerle que lo disimula bastante bien.
A partir del sábado pasado, a la escueta posibilidad de adquirir dólares se agregó una nueva traba. Esta vez, apuntando a uno de los renglones que más dolores de cabeza le viene trayendo al Gobierno: la salida de divisas por el turismo de argentinos en el exterior potenciada, a su vez, por otro gran dolor de cabeza, el atraso cambiario.
A través de la resolución 3395 -que ya se encuentra en plena vigencia– el fisco nacional incorporó a la compra de pasajes y paquetes turísticos como un ítem más, que debe ser informado para que las agencias puedan obtener la autorización de compra de dólares, a través de la Declaración Jurada Anticipada de Servicios.
Es decir, las equipara a la situación de todos los importadores que, desde hace tiempo, deben contar con el aval oficial para hacerse de los billetes verdes necesarios para comprar su mercadería.
En el caso de las agencias de viajes, lo que busca el Gobierno, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), es una nueva forma de control que le garantice que no salgan del país más dólares de los necesarios.
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