Prohíben la venta de divisas a particulares para atesoramiento

En una Comunicación, no dada a conocer oficialmente, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió prohibir la posibilidad de adquirir divisas para atesoramiento por parte de particulares  y desde el próximo 31 de octubre no se podrá adquirir más moneda extranjera para cancelar nuevas hipotecas.

Se permiten las operaciones relacionadas con viajes y turismo de personas físicas y jurídicas residentes para los viajes particulares y/o del personal previa validación fiscal de cada operación; para la cancelación de  pagos y cobros de mercaderías, servicios, rentas y capital discriminados en 300 códigos; donaciones para casos de catástrofe, emergencias u otras causas humanitarias.

Respecto a la compra de divisas para cancelar créditos hipotecarios que no sean de corto plazo, otorgados por entidades financieras, se admiten las mismas siempre que se hubieran gestionado carpetas preacordadas a la entrada en vigencia de la nueva norma y hasta el 31 de octubre del 2012.

FUENTE: Novedades Fiscales

Con un nuevo sistema online, la AFIP seguirá de cerca a directivos y accionistas de empresas

La Administración Federal de Ingresos Públicos potenciará el cruce de datos a través de un nuevo régimen que permite conocer y consultar vía web las transferencias de los papeles, la composición accionaria de una sociedad y la nómina de autoridades, representantes y órganos de control

Por Hernán Gilardo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) potenciará el cruce de datos a través de un nuevo sistema online que deberá ser utilizado para que las empresas informen los cambios de autoridades y las modificaciones en el paquete accionario durante los primeros siete meses de este año.

En efecto, la nueva herramienta online también permitirá seguir de cerca la transferencia de títulos valores, entre otros aspectos relevantes.

Puntualmente, a partir del mes que viene se ponen en marcha los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias”, que estarán disponibles en el sitio web de la AFIP.

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La AFIP pone la mira en la alta gerencia, cuotas de los colegios top y fideicomisos

Los contribuyentes deberán cumplir con múltiples regímenes de información que ponen la lupa sobre la composición societaria de las compañías, los padres que mandan a sus hijos a establecimientos privados y los montos colocados en instrumentos financieros

Por Hernán Gilardo.

Si usted dirige una empresa, manda a sus hijos a colegios privados top o invierte su dinero en fideicomisos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lo seguirá de cerca.

Esto es así, ya que el organismo a cargo de Ricardo Echegaray estableció diversos regímenes de información que vencen en los próximos días.

En efecto, las empresas y particulares deben cumplir con los diversos requerimientos de datos que ponen la lupa sobre la composición societaria de las compañías, los padres que envían a sus hijos a establecimientos privados y los montos colocados en instrumentos financieros.

El objetivo es claro: que la AFIP realice controles cruzados de información, entre lo declarado recientemente por los contribuyentes y los que recibe por medio de terceros a través de los regímenes mencionados.

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Empleados: DD.JJ Informativas de Ganancias y Bienes Personales, tienen dos días más

La fecha para que los empleados que superen determinados parámetros de ingresos brutos anuales deban informar su situación frente a los impuestos sobre los Bienes Personales y/o Ganancias, vencerá el 2 de julio, atento que el vencimiento fijado el 30 de junio de cada año, cae en día sábado. Esta postergación por ser día inhábil, está resaltada en la página de la AFIP. A raíz de ello, vale recordar, aunque sea sintéticamente quienes quedan obligados a estas presentaciones.

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Factura electrónica: la AFIP extenderá la obligación a más monotributistas

El fisco nacional ya incorporó a los pequeños contribuyentes que ganan más de $10.000 mensuales. En los próximos meses llevarán el piso a $6.000. El nuevo límite coincide con el monto, a partir del cual las empresas y particulares deben cumplir, con una declaración cuatrimestral de gastos e ingresos

Por Hernán Gilardo.

Con la mira puesta en alcanzar a todos los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) llevará desde $10.000 a $6.000 mensuales el piso a partir del cual los monotributistas deben facturar electrónicamente.

De esta manera, el nuevo límite igualaría el valor ($72.000 anuales) que constituye la puerta de entrada a la obligación de presentar cuatrimestralmente un pormenorizado detalle de gastos e ingresos.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, la extensión de la obligación se establecería en los próximos meses.

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El fisco porteño lanza a la calle inspectores para combatir evasión en alquileres comerciales

A través del Valor Locativo de Referencia, los agentes de la AGIP seguirán de cerca el importe de las locaciones, de acuerdo a las características de cada inmueble. Las autoridades esperan un «sinceramiento» en los montos declarados tanto en Ingresos Brutos como en Sellos

Por Hernán Gilardo.

En los próximos días, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) saldrá a la calle para combatir la evasión que se registra entre los propietarios que alquilan locales.

Puntualmente, el organismo a cargo de Carlos Walter potenciará la implementación del Valor Locativo de Referencia (VLR). La herramienta permite establecer un monto orientativo para las locaciones de inmuebles y así avanzar sobre los «presuntos evasores».

A fin de tener una idea del monto que deja de recaudar el fisco porteño, vale mencionar que la normativa vigente establece, como regla general, que cuando se trata de alquileres comerciales se debe aplicar un 0,50% en sellos y un 1,5% en Ingresos Brutos.

Por lo tanto, un contribuyente que cobra por la locación de su local $30.000 mensuales debe ingresar $150 del primer tributo y $450 del segundo, mes a mes.

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Suspendieron las transferencias bancarias en dólares derivadas de facturas electrónicas

Sorpresivamente, la firma Interbanking, cuyos dueños son los propios bancos y  que es la encargada de las transferencias de fondos entre las entidades financieras por vía electrónica, comunicó a sus clientes que ha dado de baja las cuentas en dólares dado que ya no se puede hacer transferencias locales en dólares, por disposición del Banco Central.

Se suspendió así desde este miércoles las transferencias bancarias en dólares derivadas de las facturas electrónicas en moneda extranjera que también fueron suspendidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

FUENTE: Novedades Fiscales

No se puede ahorrar más en dólares

Sorpresivamente, sin que medie publicación de norma alguna, la Administración Federal de Ingresos Públicos introdujo cambios en su página de Internet en el micrositio que se utiliza para validar la compraventa de moneda extranjera.

Se ofrece ahora un breve menú de alternativas sobre el destino de los dólares que se pretenden comprar, pero en esa nómina ya no figura la variante de adquirir para ahorrar o atesorar. Sí figura la alternativa de gestionar la compra de moneda extranjera para realizar un viaje al exterior, comprar inmuebles, automotores e incluso aeronaves, entre otras posibilidades pero siempre materializada a través de bienes.

Con el impedimento señalado se busca así detener  el atesoramiento de billetes estadounidenses en manos de pequeños y medianos ahorristas y que la gente atesore otra moneda que no sea el peso.

FUENTE: Novedades Fiscales

Estaría habilitada nuevamente la facturación electrónica en dólares

Aparentemente el impedimento de facturar en dólares que se verificó en el Sistema de Factura Electrónica para los obligados, habría quedado habilitado desde el día de la fecha. Según pudo averiguar el sitio algunas empresas no tuvieron inconvenientes en poder facturar sus operaciones en esa moneda extranjera, lo que hace presumir que habría quedado nuevamente habilitada esa posibilidad.

FUENTE: Novedades Fiscales