Archivo el octubre 31, 2018

La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempo

La AFIP lanza una herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempoEl Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y jurisdicciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que pondrá en línea una nueva herramienta informática que permitirá a los empleadores cumplir en un único trámite distintas obligaciones, tales como:

– Emitir el Libro de Sueldos y Jornales -hojas móviles-
– Generar la declaración jurada mensual de cargas sociales del SUSS (F. 931).

Por otra parte, el Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. Leer más

Plan Puente II: rige desde este martes la prórroga hasta fin de año del régimen de facilidades de la AFIP

El plan permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último, frente al límite del 30 de junio que estaba contemplado en la original

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4328, dispuso prorrogar hasta fin de este año la posibilidad de que los contribuyentes ingresen a los planes de pago denominados “Puente II”,que vencía a fin de este mes.

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Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Grupos de alícuotas. Alícuota máxima de retención. Modificación

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 39/2018

SUMARIO: Se establece que, a partir del 1/1/2019, a los fines de determinar la alícuota a aplicar en el marco del régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, los contribuyentes y/o responsables del impuesto serán categorizados dentro de 26 grupos de alícuotas, de acuerdo al giro económico y la real situación fiscal de cada sujeto, en lugar de los 16 grupos existentes en la actualidad.
Asimismo, se eleva del 4% al 8% la alícuota máxima aplicable dentro del régimen general de retención del impuesto.

FUENTE: Errepar

Creación del organismo federal de valuaciones de inmuebles

Se crea el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles, cuyo objeto es determinar los procedimientos y las metodologías de aplicación para las valuaciones fiscales de los inmuebles ubicados en el territorio de la CABA y de las provincias que adhirieron al Consenso Fiscal aprobado por la ley 27429.
Recordamos que, en tal sentido, el objetivo del Consenso Fiscal persigue que las valuaciones fiscales de los inmuebles tiendan a reflejar los valores que se manejan en el mercado inmobiliario.

FUENTE: Errepar

Buenos Aires. Ingresos brutos. Régimen de recaudación sobre créditos bancarios para contribuyentes locales. Ordenamiento y modificación

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ordena el texto normativo del régimen especial de recaudación aplicable con relación a los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en entidades financieras, de titularidad de contribuyentes locales respecto de los cuales la citada Agencia sea la Autoridad de Aplicación.
Entre las principales modificaciones, destacamos las siguientes:
– Se establece que estarán excluidos del presente régimen las siguientes operaciones: Leer más

Impuesto al Valor Agregado. Se incrementa el importe mínimo de operaciones para aceptar tarjetas de débito. Devolución del IVA a jubilados, pensionados, beneficiarios de AUH, embarazo y pensiones no contributivas nacionales. Aceptación de tarjetas de débito. Reglamentación

Se incrementa a $ 100, a partir del 25/10/2018, el importe mínimo de la operación realizada con consumidores finales, para que resulte obligatoria por parte de todos los contribuyentes la aceptación de pago mediante tarjetas de débito.
Asimismo, se reglamenta el procedimiento para que, a partir del 25/10/2018, aquellos obligados que realicen ventas de bienes muebles acepten transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, en el marco del régimen de devolución del IVA a jubilados, pensionados, beneficiarios de AUH, por embarazo y pensiones no contributivas nacionales -L. 27253-. Leer más