Anses comenzará a pagar la ayuda escolar anual

La ANSES comenzará con el pago de la Ayuda Escolar Anual correspondiente al ciclo lectivo 2013 a todos los trabajadores, beneficiarios de ART y a aquellos que reciben mensualmente la Prestación por Desempleo, siempre que tengan derecho al cobro de la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad. No obstante, cabe señalar que durante el mes de febrero la percibieron los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), es decir, los jubilados y pensionados.

Cabe recordar que el valor general de la asignación es de $170 y asciende hasta $680, según la zona geográfica donde el trabajador desarrolla tareas, o hasta $ 340, según la zona de residencia de los jubilados y pensionados.

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La AFIP ya habilitó la carga de deducciones en Ganancias para este año

El fisco nacional permite ingresar los datos del formulario online F.572 para el ejercicio fiscal 2013. Complementariamente, el organismo de recaudación brindó las claves para cumplir con la tarea en tiempo y forma. Conozca quiénes deben utilizar el flamante documento web

Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya habilitó la carga de las deducciones en el Impuesto a las Ganancias correspondiente a este año a través del flamante formulario online F.572.

Puntualmente, el nuevo Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) es un servicio web que le permite al dependiente declarar los conceptos que pretende deducir en el régimen de retención del impuesto, las percepciones que le hubieren practicado conforme al régimen que alcanza a las compras en el exterior, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Esta información es remitida electrónicamente al empleador a fin de proveerle de los datos necesarios a efectos de realizar las retenciones que correspondan.

El F. 572 electrónico es de uso obligatorio cuando se verifique cualquiera de los siguientes supuestos:

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Prorrogan hasta fin de año la reducción a la mitad de cargas sociales para nuevos empleos

El Gobierno extendió la rebaja en hasta la mitad del pago de contribuciones patronales correspondientes a la iniciación de una relación laboral. El pago se reduce a la mitad durante el primer año y a 75% durante el segundo período anual

El Gobierno nacional prorrogó hasta fin de año la vigencia de la reducción de hasta la mitad de las contribuciones patronales, en caso de la iniciación de una relación laboral o de la regularización de un vínculo preexistente.

La prórroga del alivio se dio a conocer a través de la oficialización del decreto 125/2013. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

De acuerdo al decreto, que fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013, el pago de cargas sociales se reduce a la mitad durante el primer año y a 75% durante el segundo período anual.

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Renta del trabajo personal en relación de dependencia y otros. Formulario F.572 Web. Utilización del SiRADIG por el período fiscal 2013

Según lo informado por la AFIP, a partir del 4/2/2013 se encuentra operativo el SiRADIG para cumplir con la presentación del F. 572 Web por parte de los contribuyentes alcanzados por dicha obligación para el período fiscal 2013.
Los conceptos a declarar a través de dicho sistema son los siguientes:
– Datos personales
– Datos del agente de retención
– Pluriempleo
– Cargas de familia
– Deducciones generales
– Pagos a cuenta del impuesto a las ganancias: impuesto sobre los débitos y créditos bancarios; percepciones/retenciones aduaneras; compras en el exterior (RG 3378 y 3379).

FUENTE: Errepar.

Las deducciones de Ganancias se harán ahora ante la AFIP vía web

Los trabajadores en relación de dependencia deberán dejar de presentar el trámite ante el empleador.

 

Dolores Olveira

Los trabajadores en relación de dependencia ya no realizarán manualmente las deducciones personales y por cargas de familia del Impuesto a las Ganancias al empleador, en su carácter de agente de retención del gravamen, sino que deberán hacerlas por Internet directamente a la AFIP con Clave Fiscal.
La Resolución General 3.418 de la AFIP, publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial, estableció el formulario denominado “F 572 electrónico” para la declaración on line de cargas de familia y deducciones personales.

Actualmente, los empleados informan a su empleador las cargas de familia y demás deducciones a las que tienen derecho a computarse en la liquidación del gravamen por medio manual, esto es, a través del formulario en papel F. 572.

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En menos de un mes, se duplicarán las cargas sociales a pagar por los nuevos empleados

A fin de año, vence la reducción de hasta el 50% sobre el monto a cancelar en concepto de contribuciones patronales correspondientes a la iniciación de una relación laboral o a la regularización de un vínculo preexistente. Expertos reclaman el anuncio de una nueva prórroga del alivio

Por Hernán Gilardo.

En menos de un mes, las empresas van a evaluar con mayor profundidad y quizás hasta van a demorarse un poco más de lo previsto para incorporar nuevos empleados.

Sucede que sólo hasta fin de año estará vigente un beneficio especial con el que cuentan las compañías que amplíen su dotación de personal, consistente en la reducción de las cargas sociales que deben pagar.

Es decir, desde el 1° de enero los empleadores ya no contarán con la posibilidad de ingresar la mitad de las contribuciones patronales por los dependientes que den de alta (sea que se trate de nuevas relaciones laborales o de la regularización de un vínculo preexistente) por el primer año de trabajo y el 75% por el segundo tramo anual.

En consecuencia, y a menos que se apruebe un nuevo período de aplicación de esta normativa, se les duplicará -o casi- el monto a ingresar por este concepto para dichos casos.

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El Gobierno oficializó la deducción de Ganancias del medio aguinaldo de diciembre

Se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1921, a partir del cual exceptúa del pago del impuesto la segunda cuota del sueldo anual complementario por única vez y de manera extraordinaria». La medida beneficiará al 98% de los trabajadores en blanco

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto 1921, a partir del cual exceptúa del pago del impuesto la segunda cuota del aguinaldo «por única vez y de manera extraordinaria». La medida beneficia al 98% de los trabajadores en blanco. Para acceder al texto completo haga clic aquí.

El Gobierno fundamentó la medida al remarcar que “es política permanente del Ejecutivo instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional”.

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