Buenos Aires. Ley Impositiva para 2016

aaa-EC2En la provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva, y las ocasionales modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes, se aprueba conjuntamente con el Presupuesto para el ejercicio de que se trate. La semana pasada la Legislatura aprobó esa ley de ejecución financiera y conjuntamente la Ley 14.808 que fija los impuestos y tasas que percibirá la jurisdicción durante el período fiscal 2016 y ciertas reformas al Código. El texto se encuentra a disposición de los usuarios.

La misma comprende a todos los tributos a cargo de la provincia siendo los  principales Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Enriquecimiento a Título Gratuito.

El general las alícuota tanto de Ingresos Brutos como de Sellos no fueron reformuladas para este año, en cambio si se han actualizado valores como ser los parámetros de ingresos para aplicar alícuotas incrementales en el primero de los tributos mencionados. Siempre dentro de ese gravamen se puede destacar que el impuesto mínimo mensual se elevó a 147, al igual que para inicio de actividades. Y para determinar si las personas físicas de alquilan inmuebles se encuentran alcanzadas el importe de la locación mensual es de $ 8.957 o $ 107.484 anuales. También se adecuan cuestiones atinentes a tratamientos exentivos.

Por otra parte para Impuesto a los Enriquecimientos a Título Gratuito (llamado generalmente Impuesto a la Herencia) se estipula que no quedan alcanzados cuando el monto total a transferir no excede el importe de $ 78.000, cifra que trepa hasta $ 325.000 en los supuestos que la transferencia involucre a padres, hijos y cónyuge. Este gravamen podrá pagarse en hasta 10 cuotas.

La norma contiene modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes relacionadas.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Se elimina el sistema Arbanet

El director de Arba, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban IIBB 500 mil contribuyentes

LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN ELIMINA EL SISTEMA ARBANET PARA CONTRIBUYENTES DE INGRESOS BRUTOS

El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban Ingresos Brutos alrededor de 500 mil contribuyentes del fisco bonaerense.

Fossati explicó que «el funcionamiento de Arbanet dejó de ser eficiente, tanto para el fisco como para los contribuyentes«, y argumentó que «migramos hacia un esquema moderno y ágil que facilita la relación entre el fisco y los vecinos«.

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Asueto administrativo para los días 24 y 31/12

aaa-EC2Tal como tradicionalmente resuelven todos los gobiernos, el Poder Ejecutivo Nacional decretó asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre, vísperas de la Navidad y el Año Nuevo.

La medida se adelantó mediante un comunicado en el que se indica que de esta manera «se contribuye con esta decisión a facilitar algunas de las medidas que se propician para paliar la emergencia energética decretada recientemente por el presidente Mauricio Macri».

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

Buenos Aires. Presentación y pago de DD.JJ. vía Web. Comienza última etapa.

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) puso en marcha la última etapa del cronograma para la implementación gradual del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos por parte de los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – con exclusión de aquellos comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos (ARBAnet) -, aprobado y reglamentado mediante las Resoluciones Normativas 41/13 y 25/14, respectivamente.

La Resolución Normativa 61/15 dispone que quedan obligados, a partir del anticipo correspondiente al mes de noviembre de 2015, aquellos contribuyentes que se encuentren inscriptos.

En esta oportunidad no se detallan ninguno de los códigos del Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB 99.1), habida cuenta que la obligación se extendió a la totalidad de los contribuyentes directos, salvo los excluidos que se mencionan precedentemente.

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Buenos Aires. Crean Régimen de información para emisores de factura electrónica

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), estableció que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que emitan facturas y demás comprobantes en forma electrónica, de acuerdo a lo previsto en la RG 2485 (AFIP),sus modificatorias y complementarias, deberán remitir al organismo la información referida a dichas facturas y comprobantes, en la forma y condiciones que se regulan. La obligación regirá de manera gradual.

La Resolución Normativa 60/15 así lo dispuso y a la vez estipuló que  los contribuyentes alcanzados deberán descargar copia de las facturas y comprobantes electrónicos que hayan emitido desde el sitio oficial de Internet de la AFIP, a través de la opción de exportación de archivos con datos alfanuméricos (no PDF) y guardar las copias descargadas, evitando cualquier manipulación por parte del usuario. Dichas copias, deberán ser remitidas a ARBA, con carácter de declaración jurada, a través de la aplicación informática «miArba», apartado «Mis Facturas», disponible en el sitio de la agencia.

El procedimiento regulado se implementará en forma coordinada con el régimen dispuesto por la AFIP, de manera gradual, por grupos de contribuyentes, clasificados en función del monto total facturado durante el año calendario inmediato anterior y/o de otros parámetros que se estimen convenientes, en la forma, modo y condiciones que al efecto se establezcan.

Para la primera etapa de implementación, se incluirá a aquellos contribuyentes que hubiesen declarado para el ejercicio fiscal 2014, por el desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la provincia, ingresos brutos gravados, no gravados y/o exentos que superen la suma de $60.000.000.

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

La página web de ARBA no estará operativa el fin de semana

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires informa que su página de Internet –www.arba.gov.ar– no estará operativa durante el próximo fin de semana largo y, por ende, dejarán de funcionar todos los servicios digitales que se brindan habitualmente al contribuyente.
Esta interrupción programada en los sistemas informáticos del Organismo se extenderá desde las 15 horas del día de mañana -viernes 9- hasta las 20 horas del lunes 12 de octubre, y se debe a labores técnicas vinculadas al proceso de adecuación y puesta en producción del nuevo centro de procesamiento de datos de la ARBA.

FUENTE: Errepar

 

Aumentarán el control sobre los que pagan Ingresos Brutos

El ente recaudador bonaerense lanzará el 20 de abril un nuevo sistema de fiscalización completamente automático

Como una medida en busca de frenar la evasión, el gobierno de la provincia de Buenos Aires, que conduce Daniel Scioli, incrementará desde mediados de este mes el control sobre todos aquellos que pagan Ingresos Brutos en tierras bonaerenses.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) informó ayer en una reunión con medios nacionales que desde el 20 de abril comenzará a utilizar el llamado Sistema de Fiscalización Remota (FIRE), que automatizará todo el proceso para hallar inconsistencias -y presentar descargos- entre los 1,3 millones de contribuyentes que pagan el gravamen. Todo el camino estará digitalizado, incluso el que, luego de dos advertencias sin respuesta, termina en los tribunales provinciales. En ese sentido, un proceso de embargo por deuda pasará de tardar un promedio de 400 días a diez, estimaron en ARBA.

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AFIP publicó el nuevo aplicativo de Ganancias y Bienes Personales

 AFIP publicó el nuevo aplicativo de Ganancias y Bienes Personales La AFIP ya ofrece en Internet la nueva versión del aplicativo para las declaraciones juradas anuales de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales que vencen en abril y mayo próximos.

El software, denominado «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 16», será oficializado mediante la Resolución General 3.748 que el organismo que encabeza Ricardo Echegaray publicará los próximos días en el Boletín Oficial.

En abril vencen Ganancias y Bienes Personales para personas físicas con participación en sociedades con cierres distintos de diciembre y/o que coticen en Bolsa, y en mayo, para las personas físicas cuando las sociedades de las que tienen participaciones cierren ejercicio en diciembre y no coticen en mercados de valores.

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Procedimiento. Sanción de clausura. Inmediata suspensión de actividades y cierre provisorio del establecimiento. Reglamentación

aaa-EC2RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 81/2014

A raíz de las modificaciones introducidas por la ley impositiva 2015 -L. (Bs. As.) 14653-, se reglamenta la aplicación inmediata de la suspensión de actividades y cierre provisorio del establecimiento, disponiendo que aplicará sobre:
– aquellos obligados legalmente a encontrarse inscriptos como contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, tanto locales como sujetos al régimen del Convenio Multilateral, que ejerzan actividades en la Provincia, y respecto de quienes se acredite su falta de inscripción; y/o
– aquellos contribuyentes inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos que no posean talonarios de facturas, controladores fiscales u otro medio idóneo para emitir facturas, y se acredite respecto de los mismos el efectivo ejercicio de actividades gravadas.
Al respecto, se establece que si el responsable acreditara la regularización de su situación registral y/o la obtención de talonario de facturas o controlador fiscal para la emisión de los respectivos comprobantes, se procederá al levantamiento de la suspensión y cierre dispuestos dentro de un plazo máximo de 24 horas.
En materia laboral, se dispone que no se interrumpirán el cumplimiento de las obligaciones contractuales que se produjeren durante el periodo de suspensión, ni podrá suspenderse el pago de salarios u obligaciones previsionales, sin perjuicio del derecho del principal a disponer de su personal en la forma que autoricen las normas aplicables a la relación de trabajo.

FUENTE: Errepar

Arba. Ingresos Brutos. Establecen cese retroactivo y de oficio a contribuyentes inscriptos

aaa-EC2Con el objetivo de mantener una eficaz gestión tributaria, ARBA entendió oportuno reglamentar un procedimiento excepcional a fin de formalizar de oficio el cese de sujetos inscriptos como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no se manifieste el ejercicio de actividad gravada durante un plazo determinado.

Así, por medio de la Resolución Normativa 3/15, dicho organismo, determinó el procedimiento de cese retroactivo de oficio  y a solicitud de de parte interesada  de sujetos inscriptos como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Para el cese de oficio  debe verificarse con respecto a dichos sujetos,  y con relación a los veinticuatro (24) períodos mensuales inmediatos anteriores vencidos, en forma concurrente, las siguientes circunstancias:

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