Habrá fuerte embestida contra monotributistas

Alberto Abad

HOY TERMINA EL PLAZO PARA LA RECATEGORIZACIÓN
Para el Gobierno, entre el 50% y el 60% de los anotados está inscripto en una categoría menor o debería ser autónomo

Hoy será el último día otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los monotributistas puedan recategorizarse. Mañana comenzará la embestida más fuerte contra los contribuyentes adherentes al régimen que para el organismo que maneja Alberto Abad no se encuentran en la categoría correcta o, directamente, no deberían estar anotados como monotributistas. La intención es comenzar una especie de revolución fiscalizadora en el registro de inscriptos, aplicando la presión más importante de control y detección de infracciones desde que se creó este sistema para pequeños y medianos contribuyentes. Leer más

Facturas de resguardo – Definición de AFIP

En la conferencia de prensa brindada por la AFIP el 1º de Septiembre de 2017 el organismo deja sentada su opinión respecto de la obligación de contar con comprobantes de resguardo.

ACTURAS DE RESPALDO PARA LOS QUE EMITEN COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

Con relación a la obligatoriedad de contar con las facturas manuales de respaldo en el caso de monotributistas que deben emitir comprobantes electrónicos u optaron por emitir bajo esta modalidad, el Subdirector General de Servicios, al contribuyente Sergio Rufail, expresó que “el que presta servicio o vende bienes tiene la obligación de emitirle una factura al que compra y si por un problema de acceso, de sistema, del teléfono o de conexión no se puede facturar siempre hay que tener un método alternativo”. Sobre este punto y con respecto a la posibilidad de diferir la emisión de la factura en el caso de servicios, el doctor Abad puntualizó: “esto está pensado no desde el lado del que factura sino desde el lado del que recibe la factura que tiene que tener la posibilidad de contar con la factura en el momento”. Si el que realiza la transacción quiere tener la factura en el momento, el que emite tiene que tener el sistema alternativo habilitado, puntualizó.

FUENTE: Errepar.

 

Monotributo: ¿cuándo regirán las nuevas escalas y qué hacer en caso de ser excluido del régimen?

Monotributo: ¿cuándo regirán las nuevas escalas y qué hacer en caso de ser excluido del régimen?Se trata de los nuevos montos máximos de facturación, alquileres devengados, impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a cada categoría, surgidos de la actualización anual prevista en la ley de Monotributo

Por Hernán Gilardo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las modificaciones en las escalas y cuotas mensuales del régimen de Monotributose aplicarán a partir del 1 de enero de 2018.

Se trata de los nuevos montos máximos de facturación, alquileres devengados, impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a cada categoría, surgidos de la actualización anual prevista en la ley de Monotributo.

Dicha actualización está relacionada con la movilidad jubilatoria de marzo y septiembre de este año. Según dispone la Ley 27.346, los números del sistema se irán ajustando anualmente según el incremento otorgado a los jubilados y pensionados en marzo y septiembre. Este año, el aumento de marzo fue de 12,96% y el de septiembre fue de 13,32%, lo que arroja un acumulado de 28 por ciento.

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Monotributo. Recategorización de oficio – MOREO

¿Qué parámetros se aplicarán para determinar la recategorización de oficio?

Los parámetros a considerar para que proceda la recategorización de oficio serán la adquisición de bienes, los gastos realizados de índole personal o las acreditaciones bancarias, por un valor que supere el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.
La nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos anuales resultante de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más el 20% o el 30% de dicho valor, según se trate la actividad del pequeño contribuyente de locación y/o prestación de servicios o de venta de cosas muebles, respectivamente.
Cuando la AFIP constate los parámetros mencionados en el primer párrafo, procederá a la recategorización de oficio.

Fuente: AFIP ID 21583371
Art. 1, RG (AFIP) 4103 y art. 1, RG (AFIP) 399

FUENTE: Errepar

En qué casos AFIP suspenderá temporalmente la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”

En la Web de la AFIP ya es posible visualizar los desvíos que puede tener el contribuyente monotributista.
Entre los desvíos que se exhiben, se encuentra la falta de impresión de facturas manuales de resguardo para monotributistas que emiten factura electrónica.
La resolución general (AFIP) 3990-E, artículo 11, señala que la falta de cumplimiento de alguna de las obligaciones con relación a las modalidades de pago, a la emisión de comprobantes en forma electrónica, al domicilio fiscal electrónico y a la recategorización obligatoria producirá la suspensión temporal de la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta tanto el pequeño contribuyente regularice su situación.
Por tal motivo, entendemos que la falta de habilitación de un punto de venta manual no encuadraría en las causales de suspensión de visualización de la citada constancia.

FUENTE: Errepar

Monotributo: AFIP puso fecha para iniciar las recategorizaciones compulsivas

Monotributo: AFIP puso fecha para iniciar las recategorizaciones compulsivas

Informó que desde el 15 de agosto los monotributistas podrán conocer eventuales inconsistencias en su situación frente al tributo. Desde el 21 de septiembre comenzará a recategorizar de oficio y dará 15 días para presentar disconformidades.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que desde el 15 de agosto los monotributistas podrán conocer eventuales inconsistencias en su situación frente al tributo, en tanto que desde el 21 de septiembre comenzará a realizar recategorizaciones de oficio para aquellos que no lo hayan hecho.

Desde esa fecha, en la dirección monotributoafip.gob.ar se dispondrá de un link con la denominación: «Mis Desvíos» donde el organismo informará: actividad económica incorrecta; actividad registrada pero sin CAI o punto de venta; falta de domicilio electrónico; incostiencias con la categorías.

Asimismo, la AFIP dispuso que del 1º al 20 de septiembre deberán confirmar su categorización los contribuyentes de la categoría F a K y todos aquellos que modifiquen su categoría.

En cambio amplió los plazos para los otros segmentos. De esta forma del 1 al 20 de octubre deberán hacerlo los monotributistas con categoría D y E; del 1 al 20 de noviembre los de la categoría B y C; y del 1 al 20 de diciembre los de la categoría A.

Recategorización de oficio

Además, desde el 21 de septiembre la AFIP comenzará con recategorizaciones de oficio, tras lo cual habrá 15 días para presentar disconformidades.

Por otra parte, remarcó que a partir del 1º de octubre todos los monotirbutistas deberán tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Para atender las consultas de los contribuyentes la AFIP dispuso que desde septiembre funcionará un call center exclusivo para monotributistas.

FUENTE: El Cronista

 

Monotributo: cómo es el control que hace la AFIP sobre cada contribuyente

Monotributo: cómo es el control que hace la AFIP sobre cada contribuyentePor: JOSÉ LUIS CETERI Especialista en temas tributarios

A pesar de la relevancia tributaria y económica que tienen en general este tipo de contribuyentes, ya que no llegan a aportar el 1% de toda la recaudación tributaria, actualmente existe vigente una batería de controles que se realizan a los Monotributistas. Las tareas las hace el Estado, destinando fondos que quizás deberían volcarse a controlar los canales informales que tienen una mayor importancia significativa en el importe evadido de impuestos y cargas sociales; pero también, esa obligación debe ser cumplida por los propios clientes y proveedores de los Pequeños Contribuyentes, que por ese motivo deben distraer la atención administrativa en sus múltiples tareas diarias para poder cumplir con todos los requerimientos que por este tema exige la AFIP.

Como sucede en todos los ámbitos, dentro del padrón de contribuyentes Monotributistas hay algunos inscriptos que disimulan ser pequeños, pero son grandes y hay muchas muestras que son de fácil detección, pero también, a ciencia de decir la verdad, hay otros que el propio Estado (nacional y las provincias) contrata, a pesar que deberían estar bajo relación de dependencia, y por último la mayoría que son verdaderamente pequeños y no tendrían otra manera de tributar.

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Por qué los monotributistas y autónomos están obligados a planificar su jubilación

Por qué los monotributistas y autónomos están obligados a planificar su jubilaciónEn ambos casos aportan en concepto de jubilación una renta fija de referencia determinada por el Estado. Todas las categorías del monotributo abonan solo $157. Tanto uno, como otro están condenados previsionalmente a cobrar la jubilación mínima. ¿Cómo hacer frente a este problema?

 

Los monotributistas y autónomos, si no quieren encontrarse con un sorpresa a la hora de jubilarse, deben hacer una planificación ordenada.

El porcentaje que un monotributista recibe de jubilación es igual en todas las categorías. Ya sea que estuvieran anotados en la más baja o en la más alta, la jubilación es la misma: $6.394,85.

Y la planificación adecuada consiste en comenzar con un tiempo amplio a organizar los ingresos económicos post etapa laboral, y de esta manera disfrutar la jubilación cuando llegue ese momento.

Hay que recordar que los autónomos o monotributistas son los propios responsables de ocuparse de las necesidades de ahorro para tener ingresos dignos y una adecuada protección. Leer más

Monotributo. Pago electrónico para la Categoría «D» a partir de mayo

Recordamos que, a través de la resolución general (AFIP) 3990-E, se dispuso que los monotributistas de las categorías más bajas (excepto los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores, los asociados a cooperativas de trabajo y los promovidos) deberán pagar la obligación mensual en forma bancarizada o electrónica, optando por transferencia electrónica de fondos, débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos o débito directo en cuenta bancaria.
En una primera etapa, a partir de mayo quedan alcanzados por esta medida los monotributistas que están en la categoría “D”, mientras que los de las categorías “A”, “B” y “C” estarán exigidos a realizar el pago electrónico a partir de noviembre de 2017.

FUENTE: Errepar

Domicilio electrónico, facturación online y recategorización de oficio: rigen nuevos controles para monotributistas

Por Hernán Gilardo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que los autoexcluidos del Monotributo durante el año pasado podrán regresar al régimen simplificado sin tener que esperar el plazo de tres años.

De igual manera, lo podrán hacer los contribuyentes que fueron excluidos de oficio por el organismo que encabeza Alberto Abad.

Los cambios se dan a conocer a través de la flamante resolución general 3990.

 

Asimismo, el fisco nacional podrá no sólo excluir de oficio, sino que también comenzará a recategorizar de oficio a los monotributistas.

En efecto, la AFIP podrá cambiar de categoría a un monotributista cuando detecte acreditaciones bancarias o compra de bienes o gastos personales, cuyos montos superen el importe de facturación máxima permitida por año para estar en el escalón en el que la persona se ubicó (se tendrá en cuenta, claro, que la persona puede tener también ingresos como asalariado). Leer más