El fisco bonaerense ajustó los pasos para reducir los pagos a cuenta en Ingresos Brutos

Con la intención de brindar una solución a un problema que los contribuyentes bonaerenses soportan desde hace años, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) reformuló las pautas a seguir para que las empresas y particulares reduzcan la carga fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que soportan mes a mes.

En efecto, el fisco bonaerense modificó los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de los pagos a cuenta del tributo. Para acceder al instructivo publicado por ARBA, que explica los nuevos lineamientos, haga clic aquí.

Conocida la norma, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) y el Consejo Profesional porteño (Cpcecaba) aseguraron que el problema fue advertido en múltiples oportunidades: «Los sistemas de retenciones y percepciones deben permitir la inmediata exclusión de tales regímenes a quienes la soliciten».

«La constante demora en el otorgamiento de las exclusiones puede ocasionar graves trastornos económicos, comerciales y financieros a los contribuyentes afectándose con ello no sólo el normal funcionamiento de sus cobros y pagos sino también su relación con los profesionales que los asisten», explicaron a este medio desde ambas entidades.

Leer más

Habilitan a la AGIP a denunciar penalmente a evasores fiscales

aaa-EC2A mediados de agosto el sitio anticipóo que el fisco porteño iba a denunciar penalmente a los contribuyentes que actuando como agentes de recaudación encuadraban en los delitos de la Ley Penal Tributaria. La información se confirma ahora al conocerse que fue sancionada por la Legislatura porteña la propuesta del legislador Martín Ocampo que incluye una modificación al artículo tercero del Código Fiscal vigente. Con esta norma se busca reafirmar la competencia de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires sobre los delitos que se desprenden de toda falta o disminución de pago de los tributos creados, recaudados y fiscalizados por el Gobierno local

Mediante la nueva norma legal se faculta a la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a denunciar a los contribuyentes considerados evasores fiscales ante la justicia penal cuya sanción podría incluir la pena de prisión.

La AGIP pueda denunciar «ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad la presunta comisión de los delitos tipificados en la ley 24.769 y sus modificatorias, cuando entendiere que se ha ejecutado una conducta punible dadas las circunstancias del hecho y del elemento subjetivo».

La información proveniente de la Legislatura porteña señala que la ley nacional estipula que  “será reprimido con prisión de dos a seis años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, al fisco provincial o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» en la medida que el monto de la evasión supere los $ 400.000  por cada tributo y por cada ejercicio anual, aun cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un año

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

Reintegro de montos retenidos en exceso en el Impuesto a las Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó en su sitio web que los empleadores que deban actuar como agentes de retención del Impuesto a las Ganancias, de acuerdo al régimen previsto en la RG 2.437, con relación a los trabajadores alcanzados por el beneficio dispuesto por el Decreto 1.006/13,  deberán considerar las deducciones del inciso c) del articulo 23 acumuladas al mes de julio del corriente año, incrementadas en el importe establecido en el artículo 1º del Decreto citado.

En consecuencia, en las remuneraciones del mes de julio del 2013, los agentes de retención reintegrarán los montos retenidos en exceso, dejando expresa constancia en el recibo de haberes del beneficio.

FUENTE: Novedades Fiscales

Ganancias: la devolución del aguinaldo se instrumentará en cuotas hasta fin de año

pocos días del anuncio de Cristina Kirchner, se van realizando precisiones respecto de la liberación de la primera cuota del sueldo anual complementario a los fines de la liquidación del gravamen. Conozca cuál será el efecto en el bolsillo de acuerdo con su nivel salarial

A pocos días del anuncio, se van conociendo precisiones respecto de la liberación de la primera cuota del aguinaldo en el Impuesto a las Ganancias.

Luego de que el decreto 1006/2013 oficializara la medida y dejara en claro que no le restituirán el tributo a quienes hayan ganado más de $25.000 netos mensuales entre enero y junio pasado, ahora los expertos advirtieron que según la resolución general 2437/2008 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la devolución se debe instrumentar en cuotas, entre julio y diciembre próximo. 

Leer más

El fisco bonaerense modificó los pasos para reducir los pagos a cuenta en Ingresos Brutos

Reformuló los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de las retenciones o percepciones soportadas en el impuesto. Sólo pueden acceder al beneficio las empresas y particulares que arrastren saldo a favor en el tributo

Con la intención de brindar una solución a un problema que los contribuyentes bonaerenses soportan desde hace años, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) reformuló las pautas a seguir para que las empresas y particulares reduzcan la carga fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que soportan mes a mes.

En efecto, el fisco bonaerense modificó los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de los pagos a cuenta del tributo. Para acceder al instructivo publicado por ARBA, que explica los nuevos lineamientos, haga clic aquí.

Conocida la norma, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) y el Consejo Profesional porteño (Cpcecaba) aseguraron que el problema fue advertido en múltiples oportunidades: «Los sistemas de retenciones y percepciones deben permitir la inmediata exclusión de tales regímenes a quienes la soliciten».

«La constante demora en el otorgamiento de las exclusiones puede ocasionar graves trastornos económicos, comerciales y financieros a los contribuyentes afectándose con ello no sólo el normal funcionamiento de sus cobros y pagos sino también su relación con los profesionales que los asisten», explicaron a este medio desde ambas entidades.

Leer más

Aumenta el costo para las empresas ante la falta de retención de Ganancias

Dos fallos comenzaron a avalar la decisión de la AFIP de impugnar gastos de una factura en la que la empresa no practicó una retención al proveedor

No practicar una retención de 2% del Impuesto a las Ganancias a un proveedor comenzará a tener un costo para las empresas de 35% del gasto que se realizó con ese proveedor, a raíz de la aplicación de una facultad que la ley le da a la AFIP de impugnarlo y prohibir su deducción en el cálculo de Ganancias propio.

Esta facultad hasta ahora era poco usada, pero que comenzará a generalizarse a partir de dos fallos de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Los casos fueron recurridos a la Corte Suprema de Justicia, que tendrá la última palabra, informó el matutino El Cronista Comercial.

El artículo 40 de la Ley del Impuesto a las Ganancias le da la facultad al Fisco para impugnar la deducción del gasto cuando no se practique la retención del gravamen que corresponda en una factura.

Leer más

Dólar turista: diez preguntas y respuestas para saber cómo se aplicará el recargo de AFIP

Una nueva norma de la AFIP establece una percepción del 20% sobre las compras efectuadas con plásticos fuera del país y sobre los paquetes turísticos y pasajes adquiridos. iProfesional.com explica las 10 claves que no puede dejar de tener en cuenta a la hora de vacacionar en el extranjero
Por

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente confirmó lo que era un «secreto a viva voz» al extender la percepción, que ya recaía sobre las operaciones concretadas con tarjetas en el exterior, a la venta de paquetes y pasajes con destino a otros países.

A tal efecto decidió fijar una única tasa del 20% para todas esas.

En pocas palabras, eliminó el 15% sobre las operaciones realizadas con tarjetas en el exterior y las concretadas a través de portales de Internet de afuera y, en su reemplazo, alcanzó esas operaciones con un 20% y, además, amplió la obligación a la compra de paquetes turísticos y pasajes hacia el extranjero.

Esta medida fue consignada en la resolución general 3450 de la AFIP, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Ni bien se conoció la norma, muchos fueron los interrogantes que se generaron especialmente entre quienes tenían planeado realizar un viaje al exterior en los próximos meses.

En este escenario, iProfesional.com consultó a especialistas y confeccionó un cuestionario con las 10 dudas más importantes que dispara la flamante normativa.

Leer más

Ingresos brutos Bs. As. Régimen general de retención y percepción. Alícuota máxima. Modificación.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 13/2013

Se establece que la alícuota máxima aplicable del régimen general de retención del impuesto sobre los ingresos brutos ascenderá al 4%, mientras que la alícuota máxima correspondiente al régimen general de percepción del impuesto será del 8%.
Asimismo, se dispone que a los sujetos pasibles de retención y/o percepción que no se encuentren categorizados dentro del padrón de contribuyentes emitido por ARBA, se les deberá aplicar la alícuota máxima prevista para los regímenes generales de retención y/o percepción.

Vigencia: 01/06/2013.

FUENTE: Errepar

Recargo del 20% a todas las compras en el exterior con tarjetas

Lo decidió la AFIP mediante una resolución que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos decidió elevar del 15 al 20% la percepción que cobra como adelanto de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en los consumos con tarjetas de crédito y débito efectuados en el exterior del país. Además, ahora el recargo será extensivo para la compra de paquetes turísticos, pasajes y otros servicios vinculados.

La norma quedó firme con la publicación de la Resolución 3450 este lunes en el Boletín Oficial. De este modo, el tipo de cambio real al cual se comprarán bienes y servicios en el exterior a través de plásticos quedará en $6,12. Esta última cifra surge se adicionarle un veinte por ciento al tipo de cambio oficial, que se encuentra en 5,1.

Leer más

La AFIP ya habilitó la carga de deducciones en Ganancias para este año

El fisco nacional permite ingresar los datos del formulario online F.572 para el ejercicio fiscal 2013. Complementariamente, el organismo de recaudación brindó las claves para cumplir con la tarea en tiempo y forma. Conozca quiénes deben utilizar el flamante documento web

Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya habilitó la carga de las deducciones en el Impuesto a las Ganancias correspondiente a este año a través del flamante formulario online F.572.

Puntualmente, el nuevo Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) es un servicio web que le permite al dependiente declarar los conceptos que pretende deducir en el régimen de retención del impuesto, las percepciones que le hubieren practicado conforme al régimen que alcanza a las compras en el exterior, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Esta información es remitida electrónicamente al empleador a fin de proveerle de los datos necesarios a efectos de realizar las retenciones que correspondan.

El F. 572 electrónico es de uso obligatorio cuando se verifique cualquiera de los siguientes supuestos:

Leer más