Cómo gestionar ante la AFIP la devolución del 15% por compras con tarjeta en el exterior «sin morir en el intento»

El economista Ariel Setton explicó el camino a seguir para realizar el trámite ante el fisco. Los requerimientos difieren si se trata de un contribuyente de Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas

Por Hernán Gilardo.

Si bien ya se encuentra en plena vigencia el mecanismo online para solicitar la devolución del 15% de recargo sobre las compras en el exterior realizadas con tarjeta de débito o crédito, el procedimiento no es tan sencillo como parece.

Los pasos a seguir no son los mismos para quienes ya pagan el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas.

Es por ello que el economista Ariel Setton diseñó una amplia guía con los pasos a seguir en cada caso.

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La AFIP reglamenta el cómputo del cargo del 15% sobre las compras en el exterior

A través de una nueva reglamentación, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray aprobó el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”. La norma aclara que las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer un nuevo software para liquidar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que permite el cómputo del cargo 15% que rige para las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de débito o crédito.

La nueva versión del software se dio a conocer a través de la resolución general 3.439 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La nueva reglamentación aprueba el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”.

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Renta del trabajo personal en relación de dependencia y otros. Formulario F.572 Web. Utilización del SiRADIG por el período fiscal 2013

Según lo informado por la AFIP, a partir del 4/2/2013 se encuentra operativo el SiRADIG para cumplir con la presentación del F. 572 Web por parte de los contribuyentes alcanzados por dicha obligación para el período fiscal 2013.
Los conceptos a declarar a través de dicho sistema son los siguientes:
– Datos personales
– Datos del agente de retención
– Pluriempleo
– Cargas de familia
– Deducciones generales
– Pagos a cuenta del impuesto a las ganancias: impuesto sobre los débitos y créditos bancarios; percepciones/retenciones aduaneras; compras en el exterior (RG 3378 y 3379).

FUENTE: Errepar.

Buenos Aires. Aprueban un mecanismo único de cálculo de alícuotas para retenciones y percepciones

Como es sabido, los regímenes de retención, percepción y recaudación de Ingresos Brutos establecidos en la provincia de Buenos Aires contemplan la situación particular del sujeto pasible y en función de ello es el porcentaje de alícuota aplicable. El agente de retención o percepción debe consultar padrones al efecto. En este contexto, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó un mecanismo único de cálculo de las alícuotas que deberán observar los agentes respectivos.

Cabe recordar que tanto los Regímenes Generales de Percepción y Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos como el Régimen Especial de Retención sobre Acreditaciones Bancarias del mismo tributo se encuentran contemplados en la Disposición Normativa “B” 1/04, motivo por el cual a los efectos de unificar criterios para la determinación de las alícuotas correspondientes reguló un procedimiento y mecanismo de cálculo a resultas del cual surgirá la alícuota aplicable en cada supuesto; es decir contribuyentes locales o del Convenio Multilateral, excepto en este último caso cuando se trate de la retención sobre acreditaciones bancarias.

Para ello ARBA dictó la Resolución Normativa 2/13 donde detalla la información que tomará en consideración para determinar la alícuota y las circunstancias que evaluará a esos fines.

FUENTE: Novedades Fiscales

La AFIP aumenta requisitos para devolver 15% de compras con tarjeta en el exterior

Los empleados tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer la presentación para recuperar el impuesto retenido en las compras con tarjeta o por Internet realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012

Para otorgar el recupero del 15% del impuesto retenido en las compras con tarjeta de débito o crédito en el exterior y por Internet por parte de los trabajadores en relación de dependencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pide datos retroactivos para saber si las deducciones del Impuesto a las Ganancias declaradas el año pasado fueron correctas, y de lo contrario exigirá el pago de la diferencia.

Los empleados tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer la presentación ante la AFIP para recuperar el impuesto retenido en las compras con tarjeta o por Internet realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. Los gastos posteriores recién se recuperarán en 2014. Pero deben incluir en la declaración las cargas de familia y otros gastos deducibles del Impuesto a las Ganancias que tuvieron por cada mes de 2012.

Es que la resolución de la AFIP 3.418 dispuso que algunos empleados en relación de dependencia informen por Internet las deducciones que se tienen en cuenta para el cálculo del tributo. Este sistema reemplaza al formulario manual 572.

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Gastos en dólares con tarjeta: para descontar el impuesto, el resumen se debió pagar en diciembre

Para quienes no tienen que recuperar el adelanto de impuestos de la tarjeta pero ganan $250.000 y están obligados a informar las deducciones por Internet, la AFIP aclaró que deberán hacerlo durante cada mes en el 2013 y a los fines del ajuste anual en enero de 2014

Varias cámaras empresarias mantuvieron una reunión con funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quienes brindaron amplias aclaraciones sobre los pasos que deben seguir los empleadores frente al nuevo formulario F 572 por Internet, de deducciones personales en el Impuesto a las Ganancias de los trabajadores.

Para quienes quieran recuperar el impuesto que pagaron por adelantado con los gastos con tarjeta de débito o crédito en el exterior y por compras por Internet, vence el próximo 31. El siguiente es un resumen de lo que trascendió de esa charla.

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Desde este mes, sube la presión fiscal para empresas bonaerenses de venta al por mayor

ARBA incorpora como agentes de recaudación a aquellos sujetos que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos por un importe superior a 5.000.000 pesos

El Gobierno de Daniel Scioli decidió obligar a las empresas de venta al por mayor radicadas en la provincia de Buenos Aires a recaudar pagos a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) incorpora desde diciembre próximo como agentes de recaudación a «aquellos sujetos que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos por un importe superior a $5.000.000«, en tanto desarrollen las siguientes actividades:

  • Venta al por mayor de mercancías, productos alimenticios, artículos de ferretería, fiambres, quesos, productos lácteos, papel, cartón, materiales de embalaje, artículos de librería, bienes para la construcción, máquinas y artefactos de iluminación.

En resumen, la norma involucra a todas las empresas que se dedican a la venta al por mayor de productos.

Desde ARBA explicaron que «la medida constituirá una herramienta eficaz en la lucha contra la elusión, la evasión y el desarrollo de maniobras tendientes a dilatar el cumplimiento de las obligaciones tributarias».

Lo cierto es que la nueva carga fiscal apunta a generar ingresos en las arcas provinciales para así poder afrontar, entre otros gastos, el pago del segundo aguinaldo en diciembre próximo.

FUENTE: iProfesional.com

La AFIP inicia la devolución del 15% en las compras en el exterior con tarjetas de crédito

Por Martín Kanenguiser

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permitirá a los contribuyentes que trabajan en relación de dependencia -en febrero próximo- deducir del impuesto a las ganancias el recargo del 15% sobre los consumos con tarjeta de crédito en el exterior que realicen hasta fines de este mes.

Sin embargo, aquellos gastos que se hagan a partir del 1° de enero próximo recién podrán recuperarse en 2014, según la resolución general de la AFIP que se conocería la semana próxima.

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El fisco bonaerense modificó los pasos para reducir los pagos a cuenta en Ingresos Brutos

Reformuló los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de las retenciones o percepciones soportadas en el impuesto. Sólo pueden acceder al beneficio las empresas y particulares que arrastren saldo a favor en el tributo

Por Hernán Gilardo.

Con la intención de brindar una solución a un problema que los contribuyentes bonaerenses soportan desde hace años, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) reformuló las pautas a seguir para que las empresas y particulares disminuyan la carga fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que soportan mes a mes.

En efecto, el fisco bonaerense modificó los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la disminución parcial o total de los pagos a cuenta del tributo. Para acceder al instructivo publicado por ARBA, que explica los nuevos lineamientos, haga clic aquí.

Conocida la norma, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) y el Consejo Profesional porteño (Cpcecaba) aseguraron que el problema fue advertido en múltiples oportunidades: «Los sistemas de retenciones y percepciones deben permitir la inmediata exclusión de tales regímenes a quienes la soliciten».

«La constante demora en el otorgamiento de las exclusiones puede ocasionar graves trastornos económicos, comerciales y financieros a los contribuyentes afectándose con ello no sólo el normal funcionamiento de sus cobros y pagos sino también su relación con los profesionales que los asisten», explicaron a este medio desde ambas entidades.

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